Acordada CS 14/13. Sistema informático de gestión judicial; obligatoriedad del uso

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ACORDADAS
Corte Suprema de Justicia
de la Nación
CS 14/13. Sistema informático de gestión
judicial; obligatoriedad del uso (B.O.
23-5-13)
En Buenos Aires, a los 21 días del mes de
mayo del año 2013, reunidos en la Sala de
Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros
que suscriben la presente,
Consideraron:
I) Que dentro del proceso de cambio y moder-
nización en la prestación del servicio de justicia,
que en el marco del Programa de Fortalecimien-
to Institucional del Poder Judicial de la Nación
se viene desarrollando, la Corte Suprema de
Justicia de la Nación, se propone establecer e
implementar el uso de herramientas de gestión
con aplicación de tecnología informática.
II) Que, desde el punto de vista sustancial,
se ha considerado especialmente que la aplica-
ción del nuevo Sistema Informático de Gestión
Judicial trae como consecuencia una innovación
en la práctica actual de las actividades de ges-
tión administrativa que se desarrollan en los
juzgados y tribunales nacionales y federales.
III) Que en tal caso, la implementación de
esta nueva modalidad, permite la gestión es-
tandarizada en las tareas administrativas de
tramitación del expediente.
IV) Que por su parte, desde el punto de vis-
ta técnico, se tiene como objetivo fundamental
establecer los aspectos instrumentales de su
aplicación a f‌in de dotar de seguridad al nuevo
sistema.
V) Que en ejercicio de la facultad que le otor-
ga la Constitución Nacional y atendiendo a los
precedentes considerandos, la Corte Suprema
de Justicia de la Nación procederá a disponer
el uso obligatorio del Sistema Informático de
Gestión Judicial y las pautas generales, para
permitir su gradual implantación, en el ámbito
del Poder Judicial de la Nación.
Por ello,
Acordaron:
A partir de la entrada en vigencia de esta
Acordada y de acuerdo al plan de implemen-
tación y puesta en funcionamiento que se
establezca, en concordancia con lo dispuesto
en los artículos de la presente Acordada, se
dispone que:
I) Obligatoriedad:
1º) El uso del Sistema Informático de Gestión
Judicial (SGJ) en todos los juzgados, tribunales
y dependencias del Poder Judicial de la Nación,
será de carácter obligatorio.
2º) La obligatoriedad comprende la aplicación
del Sistema Informático de Gestión Judicial
(SGJ), en toda actuación vinculada con la tra-
mitación de las causas.
3º) A partir de la puesta en marcha en cada
jurisdicción nacional o federal y en las demás de-
pendencias judiciales, deberán registrar en el Sis-
tema Informático de Gestión Judicial (SGJ) todos
los datos y actividades surgidas de los procesos
judiciales durante la tramitación de las causas.
4º) Periódicamente se podrá disponer la
im
plementación de nuevas funcionalidades,

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