Acordada 66/08 C.N.E. S/ Procedimiento Presuntos Fallecidos

Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2011

Miércoles 2 de marzo de 2011 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.103 42 rificación y los tÃtulos justificativos de sus tÃtulos.

Fijese a los fines de la presentación del informe del Art. 35 LCQ el dia 26/05/11 y el 8/07/11 para la presentación del informe del Art. 39 LCQ. Fijese hasta el dia 26/12/11 como periodo de exclusividad a favor de la concursada. PublÃquese por cinco dÃas en el “Boletin Oficial”, en el “Diario de publicaciones legales de la Provincia de Buenos Aires” y en el diario “Clarin”.

Buenos Aires, 17 de Febrero de 2011.

Ma. Gabriela Dallas, secretaria.

e. 25/02/2011 N'º21104/11 v. 03/03/2011 N'º 9

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial 9 de la Dra. Paula MarÃa Hualde, secretaria 18, a mi cargo sito en la calle Marcelo T. de Alvear 1840, Piso 4'º, Capital federal, hace saber por cinco dÃas que con fecha 3.2.11 se ha decretado la quiebra de G.B. y Cia. S.A., inscripta en la IGJ bajo el registro N'º1533805, en el L'º 119 del Tomo A de S.A., el dÃa 19.07.1996, (CUIT 30-64334703-9) con domicilio en Cuba 3158, 7'º B de esta ciudad. Se hace saber a los acreedores que deberán presentar al Sindico Miguel Angel Drucaroff, con domicilio en la calle Corrientes 2470 4'º 15 y 16, los titulos justificativos de sus créditos dentro del plazo que vence el 12.5.11.

El Sindico presentará los informes que disponen los arts. 35 y 39 los dÃas 27.611 y 23.8.11 respectivamente. El plazo para pronunciar la providencia que prescribe el art. 36 del citado cuerpo normativo vencerá el dÃa 11.7.11. La audiencia de explicaciones se llevará a cabo el dÃa 16.8.11 a las 11:00 horas. Se intima al fallido y a terceros para que entreguen al SÃndico los bienes del deudor que tengan en poder y hácese saber la prohibición de hacerle pagos, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. IntÃmase al deudor a que entregue al SÃndico los libros de comercio y demas documentación relacionada con su contabilidad en el término de 24 horas. IntÃmase al fallido para que cumpla los requisitos a los a los que se refiere el art. 86 L.C. y para que dentro de las 48hs., constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación, bajo apercibimiento de tenerlo por constituÃdo en los estrados del Juzgado.

Buenos Aires, 16 de febrero de 2011.

Claudio F. Marjanovic Telebak, secretario interino.

e. 25/02/2011 N'º20737/11 v. 03/03/2011 N'º 13

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N'º13, a cargo del Dr. Fernando J.

Perillo, SecretarÃa N'º25, a cargo del Dr. Sebastián Julio Martorano sito en Marcelo T. Alvear 1840, 4'º piso, de esta capital, comunica por cinco dÃas que con fecha 14 de febrero de 2011, en los autos caratulados González Ezequiel Antonio s/ Quiebra, se resolvió decretar la quiebra de González Ezequiel Antonio, D.N.I. N'º 14.602.783,

CUIL N'º 20-14602783-1, haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al sÃndico de los bienes que posean de la fallida, asà como la prohibición de realizar pagos a la misma, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al sÃndico dentro de las veinticuatro horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, asà como también a que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal la jurisdicción del Tribunal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. El sÃndico designado en las presentes actuaciones es la contadora Ventura Ana Graciela, con domicilio en la calle Bulnes 779 PB “A”, domicilio éste al cual deberán concurrir los acreedores a insinuar sus créditos hasta el dÃa 12.04.11. A los efectos de la realización de los bienes déjese constancia que no se realizarán más citaciones que la edictal y que se procederá a la venta en los términos de la Ic 217:1, realizándose el patrimonio con inmediata distribución de los fondos entre los acreedores verificados, sin perjuicio de las reservas para los insinuados. El presente deberá ser publicado por el término de cinco dÃas sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere (art. 89 inc. 3'º LC.).

Buenos Aires, 22 de febrero de 2011.

Sebastián Julio Martorano, secretario.

e. 01/03/2011 N'º21776/11 v. 09/03/2011 N'º 18

El Juzgado Nacional de 1ra Instancia Comercial Nro 18, a cargo de la Dra. Valeria Pérez Casado, Secretaria Nro 36, sito en la calle Marcelo T de Alvear 1840, Piso 3ro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica por dos dÃas que se ha presentado en autos caratulados:

“Pacheco Oscar JoaquÃn S/Quiebra”, proyecto de distribución de fondos y se procedió a regular honorarios.

Buenos Aires, 15 de febrero de 2011.

Adriana Bravo, secretaria.

e. 25/02/2011 N'º20745/11 v. 28/03/2011 N'º 24

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N'º24 a cargo de la Dra. Maria Gabriela Vassallo, SecretarÃa N'º47 a mi cargo, con asiento en Marcelo T. De Alvear 1840, planta baja de Capital Federal, comunica por cinco dÃas que con fecha 9 de diciembre de 2010 se ha decretado la quiebra de Barmit S.A. inscripta en la I.G.J.

bajo el número 3245 del libro 105, tomo A el 27 de mayo de 1988; con domicilio en la calle José E. Uriburu 754 Piso 3'º of. 301 de Capital Federal,

CUIT 30-62565422-6; en autos caratulados: “Barmit S.A. Su Quiebra (Expte. 55000)”, siendo el sÃndico designado Contador Luis Gabriel Plizzo, con domicilio constituido en Av. Belgrano 1185, piso 10 “B” de Capital Federal. Se intima a la fallida y a las terceros a que entreguen al sÃndico los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de comercio y demás documentación -que en su caso llevare- relacionada con su contabilidad, previniéndose a los terceros la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces.Intimar a la fallida a fin de que cumpla en lo pertinente con los requisitos del art. 86 párrafo 2'º de la ley citada. Intimar a la fallida para que dentro del plazo de 48 horas constituya domicilio procesal en la Capital Federal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado. Se designa como fecha para el 1 de abril de 2011 el plazo hasta la cual los acreedores deberán presentar al sÃndico los pedidos de verificación de créditos, en la forma indicada en el art.32 de la ley 24.522.Se establecen los dÃas 17 de mayo de 2011 y 30 de junio de 2011 a fin de que el sÃndico presente los informes relativos a la verificación y graduación de créditos y al estado general de los negocios (arts. 35 y 39 de la ley 24.522) respectivamente. PublÃquese por cinco dÃas en el BoletÃn Oficial.

Buenos Aires, 16 de Febrero de 2011.

Santiago Medina, secretario.

e. 24/02/2011 N'º19905/11 v. 02/03/2011 JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL NRO. 10

SECRETARIA NRO. 20

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal Nro...

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