Acordada 35/2009

Fecha de publicación31 Agosto 2009
Fecha de disposición31 Agosto 2009
SecciónAcordadas
Número de Gaceta31726

Bs. As., 30/7/2009

VISTO el Expediente Nº 13.148 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto en los Decretos 436/2000 y 1023/2001 y en la Resolución ENARGAS Nº I/351 del 1º de agosto de 2008 y CONSIDERANDO:

Que por Resolución ENARGAS Nº I/700 del 27 de marzo de 2009 (fs. 255 a 267) el ENARGAS decidió: a) Aprobar la convocatoria a Contratación Directa Nº 09/09 iniciada para la provisión de DOS MIL CUARENTA (2040) bidones de 20 litros con agua potable y de SETENTA Y DOS (72) cajas de vasos plásticos de 180cc X 500u (6 por mes), con entrega en comodato de VEINTIDOS (22) dispenser para agua fría y caliente, según las especificaciones técnicas incluidas en los TERMINOS DE REFERENCIA que integran el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que regirá en esa contratación (art. 1º); b) Aprobar el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES, que como Anexo integra ese decisorio (art. 2º) y c) Instruir a la GERENCIA DE ADMINISTRACION para que dentro de los CINCO (5) días de notificada la resolución, implemente todas las medidas procedimentales fijadas en la normativa aplicable y fije lugar, día y hora en que se realizará el acto de Apertura de Sobre, en los términos de la citada normativa (art. 3º).

Que consecuentemente, fueron invitadas a participar del presente procedimiento de compras las firmas SPARKLING CULLIGAN ARGENTINA S.A. (fs. 268); MORGADE S.R.L. (fs. 269); SODA CIMES (fs. 270); IVESS FISCHETTI Y CIA S.R.L. (fs. 271); ENRIQUE A. SANTAGOSTINO (fs. 272);

SLAKE WATER (fs. 273) y AQUALINE S.A. (fs. 274) indicándoseles además que el día 20 de abril de 2009 a las 11:00 hs. se realizará en el tercer piso de la Sede Central de este Organismo, el acto de apertura de sobres.También fue notificada de esta apertura la UNION ARGENTINA DE PROVEEDORES DEL ESTADO (U.A.P.E.) (fs. 275).

Que además las firmas UNISER S.A. (fs. 276); EMBOTELLADORA MAESTROJUAN (fs. 277);

VICENTE TARAZONA E HIJOS S.R.L. (fs. 278) y FISCHETTI Y CIA S.R.L. (fs. 281) comunicaron por correo electrónico haber obtenido del sitio web de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES un ejemplar del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.

Que por su parte las firmas CIMES H2O S.A. (fs. 279) y AQUALINE S.A. (fs. 280) dejaron constancia de haber retirado de la Sede de este Organismo, un ejemplar del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que regirá en esta contratación.

Que a fs. 282 a 283 de autos, se encuentra incorporada la CIRCULAR MODIFICATORIA Nº 001 la cual fue debidamente notificada a la totalidad de los interesados (ver constancias de fs. 284 a 302).

Que además, a fs. 303 obra el acta de apertura de sobres de la que se desprende que los oferentes fueron: H2O S.A. (fs. 304 a 343); FISCHETTI Y CIA S.R.L. (fs. 344 a 389); UNISER S.A. (fs. 390 a 459) y AQUALINE S.A. (fs. 460 a 560).

Que asimismo, la firma FISCHETTI Y CIA S.R.L. tomó vista de las actuaciones (cfr. constancias de fs. 561 a 568).

Que a fs. 569 a 571 se encuentra incorporado el Análisis Formal de las Ofertas del 4 de mayo de 2009.

Que en función a lo indicado en el análisis formal ya mencionado se les requirió a las firmas FISCHETTI Y CIA S.R.L. (fs. 576) y UNISER S.A. (fs. 577) que presenten documentación y/o información faltantes, quienes respondieron mediante sus presentaciones de fs. 578 a 596 y 597 a 608, respectivamente.

Que asimismo a fs. 609 a 611 obra un nuevo Análisis Formal de Ofertas de fecha 20 de mayo de 2009.

realice el análisis técnico correspondiente a fin de evaluar la calidad y prestación de lo presentado por los Sres. Oferentes, FISCHETTI CIA S.R.L., UNISER S.A. y AQUALINE S.A. informando si reúnen las condiciones técnicas solicitadas en los términos de referencia.'.

Que así las cosas, se les requirió a las firmas UNISER S.A. (fs. 614); FISCHETTI Y CIA S.R.L.

(fs. 615) y AQUALINE S.A. (fs. 616) que presenten documentación y/o información faltantes.

Que la firma AQUALINE S.A. respondió mediante sus presentaciones obrantes a fs. 617 y 623 a 628) en tanto que FISCHETTI Y CIA S.R.L. hizo lo propio por medio de su nota obrante a fs. 618).

Que asimismo, a fs. 621 a 622 y 635 obran notas dirigidas a los oferentes informándoles sobre un error involuntario producido el Acta de Apertura de Sobres al momento de producirse la transcripción de los datos de la oferta presentada por UNISER S.A.

Que a fs. 632 obra el INFORME GA/ Mantenimiento Nº 4 del 19 de junio de 2009 en el que se efectuó el análisis técnico de las ofertas presentadas.

Que finalmente a fs. 636 a 638 se encuentra incorporado el DICTAMEN DE EVALUACION ENARGAS Nº 31/09 del 23 de junio de 2009 en el que la Comisión Evaluadora indicó: 'Del análisis formal de las ofertas surge que la Firma H2O S.A. presentó un Pagaré en concepto de Garantía de Mantenimiento de Oferta (fs. 340). El mismo fue confeccionado por un monto inferior al requerido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares en su Art. 18. De tal manera se desestima su oferta en esta etapa del análisis.' 'El resto de las ofertas cumplen con los requisitos formales.'.

Que asimismo, dentro del análisis técnico de las ofertas que cumplieron con los recaudos formales, la Comisión Evaluadora aseveró que las firmas AQUALINE S.A. y FISCHETTI Y CIA S.R.L.

queda excluida del análisis técnico y de calidad.'.

Que así las cosas luego de efectuar la evaluación técnica de las ofertas presentadas por AQUALINE S.A. y FISCHETTI Y CIA S.R.L., la Comisión Evaluadora recomendó: 'a) declarar inadmisibles las ofertas de las empresas H2O S.A. y UNISER S.A. b) adjudicar el Renglón 1 a favor de la firma...

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