Acordada 14/2012

Fecha de disposición04 Septiembre 2012
Fecha de publicación04 Septiembre 2012
SecciónAcordadas

En Buenos Aires a los 29 días del mes de agosto del año dos mil doce, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente,

CONSIDERARON:

  1. ) Que corresponde a esta Corte, en su carácter de cabeza del Poder Judicial de la Nación, establecer la previsión cualitativa y cuantitativa de las erogaciones consolidadas previstas para la jurisdicción, para el próximo ejercicio presupuestario, a los efectos de su comunicación al Congreso Nacional, conforme lo dispuesto en el art. 1º de la Ley 23.853, y en el tercer párrafo del art. 5º del Decreto Nº 1110/05, T.O. de la Ley Permanente de Presupuesto Nº 11.672.

  2. ) Que en atención a ello se han recabado las necesidades físicas y financieras de las distintas áreas requeridas para asegurar el cumplimiento de la finalidad primaria de esta Corte Suprema de Justicia de la Nación.

  3. ) Que como el Consejo de la Magistratura a la fecha no ha aprobado sus previsiones presupuestarias para presentar sus necesidades, es que el Tribunal ha decidido establecer mediante esta acordada los requerimientos propios, sin perjuicio de que una vez aprobado el presupuesto por el plenario del Consejo, se remitirá para su comunicación al Congreso Nacional.

  4. ) Que el criterio que ha primado es el de establecer los requerimientos de manera prudente y moderada, potenciando los recursos materiales y humanos de la manera más eficiente; fijándose —no obstante— los valores impostergables que aseguren el accionar de la justicia.

  5. ) Que respecto de las necesidades para bienes de consumo y servicios no personales se contempló la incidencia del aumento en el nivel general de precios y la atención de gastos relativos al proceso de mejora en la gestión judicial.

  6. ) Que los mencionados “techos presupuestarios” comunicados por el Poder Ejecutivo Nacional a través de la Subsecretaría de Presupuesto dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, resultan insuficientes para el nivel de necesidades mínimas de esta Corte Suprema de Justicia de la Nación.

  7. ) Que en materia de recursos humanos, se ha previsto la cuantificación de los cargos existentes autorizados por este Tribunal que conforman su estructura funcional y su recomposición en las distintas áreas para atender las necesidades que surjan en función de los objetivos planteados.

  8. ) Que con el objeto de continuar con el Plan de Informatización para el Poder Judicial de la Nación, se incluyen los montos necesarios para realizar inversiones en materia de equipamiento, base de datos, programas y sistemas de seguridad.

  9. ) Que en el marco del programa de inversiones en infraestructura del Poder Judicial de la Nación se contemplan los montos necesarios para la adquisición de edificios destinados a diversas dependencias del Poder Judicial de la Nación y, para la construcción de dos nuevos edificios; uno destinado al Archivo General y diversas dependencias del Poder Judicial, y el otro con destino a albergar a la Morgue Judicial y al Cuerpo Médico Forense. Asimismo, se consideran los requerimientos para la refuncionalización integral de otros edificios existentes y para continuar con el plan de preservación y adecuación del Palacio de Justicia de la Nación, considerado monumento histórico nacional mediante Decreto Nº 349/99.

  10. ) Que en materia de Transferencias se ha considerado el requerimiento formulado por instituciones que prestan ayuda a determinados sectores de la sociedad.

  11. ) Que corresponde requerir la incorporación de...

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