Acordada 26. Presupuesto de Gastos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para el ejercicio 2018.

Fecha de disposición31 Agosto 2017
Fecha de publicación31 Agosto 2017
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónAcordadas

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Acordada 26/2017

Presupuesto de Gastos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para el ejercicio 2018.

29/08/2017

Expediente N° 1881/2017

En Buenos Aires, a los 29 días del mes de agosto del año dos mil diecisiete, los señores Ministros que suscriben la presente;

CONSIDERARON:

  1. ) Que es competencia de esta Corte, en su carácter de cabeza del Poder Judicial de la Nación, establecer la previsión cualitativa y cuantitativa de las erogaciones consolidadas previstas para la jurisdicción para el próximo ejercicio presupuestario, a los efectos de su comunicación al Congreso Nacional, conforme lo dispuesto en el art. 1° de la Ley 23.853.

  2. ) Que en atención a ello y para asegurar el cumplimiento de las necesidades de esta Corte Suprema de Justicia de la Nación, se han definido los requerimientos básicos que se refieren a aspectos físicos y financieros de las distintas áreas que la integran.

  3. ) Que a la fecha el Consejo de la Magistratura de la Nación no ha aprobado sus previsiones presupuestarias para presentar sus necesidades; por ello, el Tribunal ha decidido establecer mediante esta acordada los requerimientos propios, sin perjuicio de que una vez aprobado el presupuesto por el plenario del Consejo, se remitirá para su comunicación al Congreso Nacional.

  4. ) Que se han realizado las previsiones de gastos teniendo en cuenta la proyección de recursos estimada, manteniendo de esta manera el equilibrio fiscal y preponderando el criterio de establecer los requerimientos de manera prudente y moderada, potenciando los recursos materiales y humanos de manera eficiente; fijándose -no obstante- los valores impostergables que aseguren el accionar de la justicia.

  5. ) Que el Poder Ejecutivo Nacional a través de la Subsecretaría de Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda comunicó los "techos presupuestarios" solo para los gastos corrientes, los que resultan insuficientes para el nivel de necesidades mínimas de esta Corte Suprema de Justicia de la Nación.

  6. ) Que en materia de recursos humanos se ha previsto la cuantificación de los cargos existentes y necesarios de este Tribunal que conforman su estructura funcional y su recomposición en las distintas áreas, para atender las necesidades que surjan en función de los objetivos planteados.

  7. ) Que para las necesidades de bienes de consumo y servicios no personales se ha tenido en consideración la incidencia del aumento en el nivel general de...

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