Acordada 20/2020

Fecha de publicación22 Junio 2020
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales,Acordadas
EmisorCORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 19/06/2020

Los Señores Ministros que suscriben la presente,

CONSIDERARON:

I) Que a raíz de la pandemia de coronavirus (COVID-19), esta Corte Suprema de Justicia de la Nación ha venido adoptando distintas medidas en el ámbito del Poder Judicial de la Nación, concordantes con las disposiciones del Poder Ejecutivo Nacional y las recomendaciones de la autoridad sanitaria de la nación -conf. acordadas 3, 4, 6, 7, 8, 9, 10, 13, 14, 16, 17, 18 y 19, todas del corriente año-.

II) Que, en razón de las consideraciones formuladas por este Tribunal al dictar las acordadas 17 y 19 –a las que corresponde remitir por razones de brevedad-, de las previsiones contenidas en las acordadas 14 –punto resolutivo 4º y Anexo I “Protocolo y Pautas para la Tramitación de Causas Judiciales durante la Feria Extraordinaria”, punto II- y 18 –punto resolutivo 6º-, todas del corriente año, y en función de lo dispuesto en los artículos 3º, 4º, 10 y 11 del Decreto de Necesidad y Urgencia nº 520/2020, esta Corte previó el levantamiento de la feria judicial extraordinaria, dispuesta por la acordada 6/2020 y sus prórrogas, respecto de aquellos tribunales en los que las condiciones epidemiológicas lo permitiesen.

III) Que con esos fundamentos, distintas cámaras federales y tribunales orales federales con asiento en las provincias han evaluado el cumplimiento de las condiciones y requisitos necesarios para disponer el levantamiento de la feria extraordinaria, respecto de su jurisdicción o de alguno de sus tribunales; y, en consecuencia, han formulado el respectivo pedido a esta Corte.

Así lo han requerido las cámaras federales de apelación de Salta, Resistencia, Rosario, General Roca y la Cámara Nacional Electoral, respecto de distintos juzgados bajo su superintendencia (expedientes números 2155/2020 –Esc. 1340/2020-, 2282/2020, 2237/2020 –Esc. 1370/2020 y 1404/2020-, 2214/2020 –Esc. 1341/2020- y 2041/2020 –Esc. 1368/2020-); y los tribunales orales en lo criminal federal de Santiago del Estero, Salta, Rosario y Mendoza (expedientes números 2082/2020 –Esc. 1333/2020-, 2308/2020, 2237/2020 –Esc. 1358/2020- y 2086/2020 –Esc. 1337/2020-). Conforme al detalle que a continuación se consigna:

1. JURISDICCIÓN DE TUCUMÁN

• Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santiago del Estero

2. JURISDICCIÓN DE SALTA

• Cámara Federal de Apelaciones de Salta

• Juzgado Federal de Salta Nro. 1

• Juzgado Federal de Salta Nro. 2

• Juzgado Federal de Tartagal

• Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta...

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