Acerca de los derechos de incidencia colectiva y sus medios judiciales de tutela en el derecho argentino

AutorPuccinelli, Oscar R.

Acerca de los derechos de incidencia colectiva y sus medios judiciales de tutela en el derecho argentino

Por Oscar R. Puccinelli

1. Intereses difusos, derechos grupales, sectoriales y colectivos

Desde que aparecieron en el escenario jurídico los derechos que trascienden la esfera individual y familiar, probablemente reconocidos como derechos de tercera generación, como lo indica Jiménez, como consecuencia de la crisis en la participación política y del sistema capitalista en el contexto de la cultura posmoderna[1] estos derechos grupales y colectivos, se verifica una inacabada puja acerca de la terminología a emplear respecto de ellos y de los alcances conceptuales de las voces utilizadas para su delimitación.

Tal "batalla terminológica" fundamentalmente dada entre quienes prefieren aludir a "intereses difusos" y aquellos que optan por los derechos "colectivos" o "de incidencia colectiva", dirigida actualmente de manera preponderante a determinar el quid de la procedencia de las acciones o amparos colectivos o de clase[2], ha llevado a la doctrina a sostener que a partir de tantas diferencias conceptuales "lo difuso del objeto de la investigación no ha llevado sino a confusión a la hora de las conclusiones"[3].

De manera provisoria, al solo fin didáctico para la determinación de las eventuales vías protectivas disponibles en el...

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