Las acciones de clase en el 'civil law' y 'common law' desde la perspectiva del principio de buena fe procesal

AutorRosa Angélica del Valle Ávila Paz de Robledo
CargoAbogada. Doctora 'Honoris Causae' de la Universidad Nacional de La Rioja-Argentina. Doctora en Derecho y Ciencias Sociales (Universidad Nacional de Córdoba/UNC). Profesora Titular de Teoría General del Proceso y de Derecho Procesal Civil y Comercial (UNC). Profesora Responsable en la Carrera de Especialización de Derecho Procesal y Profesora...
Páginas75-85
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LAS ACCIONES DE CLASE EN EL “CIVIL LAW” Y
“COMMON LAW” DESDE LA PERSPECTIVA DEL
PRINCIPIO DE BUENA FE PROCESAL*
CLASS ACTIONS AT CIVIL LAW AND COMMON LAW FROM THE
PERSPECTIVE OF THE PRINCIPLE OF GOOD FAITH IN LITIGATION
Rosa Angélica del Valle Ávila Paz de Robledo**
Resumen: Se concluye que en los procesos colectivos -en general- y
las acciones de clase -en particular-, la representatividad adecuada del
sujeto legitimado, tiende a “fortalecer” el principio de buena fe procesal.
Palabras-clave: Acción de clase - Principio de buena fe procesal.
Abstract: It is concluded that, in general, collective processes and class
actions -in particular-, adequate representation of the legitimate subject,
tends to “strengthen” the principle of procedural good faith.
Keywords: Class Actions - Principle of good faith in litigation.
Sumario: I. Planteo introductorio.- II. Acciones de clase en el common
law” con particular referencia a los Estados Unidos.- III. Acciones de
clase en el “civil law” con particular referencia a la República Argentina.
1. La situación en el Código Modelo de Procesos Colectivos para Ibe-
roamérica. 2. La situación en la República Argentina.- IV. Reexiones des-
de el principio de buena fe procesal.- V. Conclusiones.- VI. Bibliografía.
“e development of modern procedure’s
treatment of parties
has been a process of grudging accommodation of
the reality of mass society” (1)
ISSACHAROFF, Samuel
*Trabajo recibido el 2 de marzo de 2016 y aprobado para su publicación el 23 de marzo del mismo año.
**Abogada. Doctora “Honoris Causae” de la Universidad Nacional de La Rioja-Argentina. Doctora
en Derecho y Ciencias Sociales (Universidad Nacional de Córdoba/UNC). Profesora Titular de Teoría
General del Proceso y de Derecho Procesal Civil y Comercial (UNC). Profesora Responsable en la
Carrera de Especialización de Derecho Procesal y Profesora del Doctorado en Derecho y Ciencias So-
ciales (UNC). Presidente de la Sala II del Tribunal de Disciplina de Abogados de la prov. de Córdoba.
E-mails:
avilapaz@arnet.com.ar
/
rosaavilapaz@gmail.com
(1) ISSACHAROFF, Samuel. Civil Procedure, Second Edition, Foundation Press, New York, 2009, p. 88.

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