La acción declarativa de certeza en el orden nacional y su transformación en acción de incostitucionalidad. La acción de inconstitucionalidad provincial

AutorEduardo Ávalos, Alfonso Buteler, Leonardo Massimino
Páginas435-455
CAPÍTULO XIII
LA ACCIÓN DECLARATIVA DE CERTEZA EN EL ORDEN NACIONAL Y SU
TRANSFORMACIÓN EN ACCIÓN DE INCOSTITUCIONALIDAD. LA ACCIÓN
DE INCONSTITUCIONALIDAD PROVINCIAL
I. LA ACCIÓN DECLARATIVA DE CERTEZA EN EL ORDEN NACIONAL
1. Introducción
La acción declarativa es, sin lugar a dudas, uno de los medios más utilizados en
el marco del sistema de control constitucional1. El desarrollo experimentado en los
últimos a ños por este tipo de acciones, las que desde una posición inicial negatoria
de su condición de caso judicial, fruto de su asimilación con las opiniones consul-
tivas, han llegado a convertirse hoy día en el vehículo de los pronunciamientos más
trascendentes en materia de control de constitucionalidad. Tal es así que, en las
últimas décadas y como lo muestra la jurisprudencia de la Corte Suprema de Jus-
ticia de la Nación, estas acciones han vehiculizado el tratamiento de una gran par-
te de las causas con significativo impacto institucional en nuestro país.
Preliminarmente, cabe señalar, que la acción declarativa se deduce a efectos
de hacer cesar un estado de incertidumbre sobre la existencia del alcance o exis-
tencia de una relación jurídica, siempre que el interesado tenga algún peligro en
ciernes y no posea otro medio más idóneo para hacer cesar esa situación. Al res-
pecto, el artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (en ade-
1 BIANCHI, Alberto, “De la acción declarativa de certeza a la acción declarativa de inconstitucionalidad
(La conversión del caso federal en caso judicial)”, EDCO, 00/01-577, 2001, p. 1.
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lante “CPCCN”) que la regula dispone: “Podrá deducirse la acción que tien-
da a obtener una sentencia meramente declarativa, para hacer cesar un
estado de incertidumbre sobre la existencia, alcance o modalidades de una
relación jurídica, siempre que esa falta de certeza pudiera producir un per-
juicio o lesión actual al actor y éste no dispusiera de otro medio legal para
ponerle término inmediatamente. El Juez resolverá de oficio y como prime-
ra providencia, si corresponde el trámite pretendido por el actor, teniendo en
cuenta la naturaleza de la cuestión y la prueba ofrecida”.
En ese marco y cuando la incertidumbre se vincula con un derecho de raigam-
bre constitucional (reconocido en el ámbito nacional o provincial), existen varias
vías para llevar a cabo el control de constitucionalidad. La cuestión reside en la
vigencia plena del principio de tutela judicial efectiva de los ciudadanos que es una
conquista resultante de una evolución del derecho procesal ya que, como se anti-
cipó, desde su negación inicial, estas acciones declarativas de certeza han evolu-
cionado en el ámbito nacional hasta permitir, en su seno, realizar una fiscalización
o escrutinio en materia constitucional dadas ciertas condiciones o cumplidos cier-
tos requisitos, como veremos seguidamente.
2. La evolución de la acción declarativa de certeza. Su transformación en la acción
de inconstitucionalidad
La evolución de las acciones declarativas reconoce en el derecho procesal
constitucional tres períodos2. El primer período se extiende hasta el año 1967, fecha
en la que se incorporó en el artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de
la Nación la acción declarativa como proceso judicial. Durante este primer perío-
do se negó a la acción declarativa carácter de caso judicial. En el segundo, que
finaliza en 1985, la Corte Suprema de Justicia no admitió el control de constitucio-
nalidad en las acciones declarativas previstas en el artículo 322 del CPCCN. El
tercer período, que se inicia a partir de 1985 y llega hasta la actualidad, la Cor-
te cambió su postura y anunció la existencia —en el orden federal— de la ac-
ción declarativa de inconstitucionalidad3. Veamos.
2 BIANCHI, Alberto, “De la acción declarativa de certeza a la acción declarativa de inconstitucionalidad
(La conversión del caso federal en caso judicial)”, ob cit., p. 2, a quien seguimos en este apartado.
3 Una visión crítica de la transformación de la acción declarativa de certeza en acción de inconstitu-
cional, ver PERUGINI, Laura, “La acción declarativa de inconstitucionalidad y la acción meramente
declarativa, Explicación necesaria de sus diferencias”, Revista ADA Ciudad, IJ. XLIII-817, 01/09/
2010.

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