Abusos eclesiales: un punto de inflexión

Desde 1972, un manto de secreto pontificio ha cubierto asuntos de indiscutida gravedad dentro del seno de la Iglesia, muchos de ellos asociados a numerosos casos de abusos por parte de sus representantes en distintos países. Hasta aquí, cuando alguna autoridad laica solicitaba información sobre un eventual abuso eclesial, la respuesta que recogía era que el secreto pontificio impedía brindarla, blindando a sacerdotes, obispos y cardenales frente a espantosos crímenes.Como colofón de un largo proceso, la traba institucional que planteaba este secreto ha quedado desactivada y el obstáculo institucional para la colaboración con las autoridades de los Estados ha quedado removida, facilitando también a las víctimas el acceso a la sentencia de sus procesos. La nueva instrucción señala que "el secreto de oficio no obsta para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en cada lugar por la legislación estatal, incluidas las eventuales obligaciones de denuncia, así como dar curso a las resoluciones ejecutivas de las autoridades judiciales civiles". Cabe aclarar que la medida no supone un menoscabo del secreto de confesión, en tanto que este, al tratarse de un sacramento, impone un sigilo inviolable que responde a la ley divina y no ya a una cuestión jurídica.El sínodo contra la pederastia, celebrado en Roma en febrero pasado, había abogado fuertemente por la introducción de las modificaciones que hoy celebramos, haciéndose eco del pedido de las víctimas. El papa Francisco eliminó el secreto pontificio de las denuncias, los procesos y las decisiones que afectan a los casos de abusos sexuales y esta disposición es ciertamente bienvenida, aun cuando resten todavía otras reformas. Se trata de un cambio en las llamadas Normas de Delitos Graves aprobadas en 2001 durante el pontificado de Juan Pablo II.La reserva será solo instrumento de protección de la honorabilidad, garantía de seguridad, integridad y confidencialidad, pero ya no estará más al servicio del encubrimiento. La instrucción señala que "no puede imponerse ningún vínculo de silencio con respecto a los hechos encausados ni al denunciante ni a la persona que afirma haber sido perjudicada ni a los testigos".Los abusos de menores por parte de numerosos ministros del clero son un drama de vieja data. Conocido en 2002 el caso de la arquidiócesis de Boston, que involucró a mil niños, más de 70 curas y un cardenal, la cuestión fue ganando prensa y conciencia en la opinión pública. Sin embargo...

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