Aborto: hablar sin eufemismos

Cuando se dice que alguien construye una argumentación desde lo falso, inevitablemente se afirma que esa persona miente. Se ha sostenido que la defensa de la legalización y despenalización del aborto está construida desde una falsedad y, con ese punto de partida, se intenta una supuesta posición conciliadora o superadora que, en realidad, no concilia, sino que conduce a buscar contradictores al texto aprobado por la Cámara de Diputados. Hay que hablar sin eufemismos: el argumento de la construcción sobre lo falso implica retornar al preconcepto de que las mujeres fabulan, mienten, que alguna vez, en nuestro país, hasta tuvo consagración legislativa: ¡piénsese que el artículo 990 del código de Vélez, aprobado en 1869, no permitía a las mujeres ser testigos en instrumentos públicos!

Por otro lado, sostener que no se quiere penalizar con la cárcel a las mujeres y, al mismo tiempo, oponerse a la legalización del aborto sosteniendo que el Estado no hará abortos es, como mínimo, ocultar la teoría sobre la que se construyen modernamente los derechos humanos. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos sostiene en forma reiterada que cuando el acceso al aborto no está penalizado, o sea, en los casos en los que es legal acceder a un aborto, el Estado tiene la obligación positiva de proporcionar las herramientas para garantizar este acceso so pena de incurrir en responsabilidad internacional, entre otras razones, por violar el principio de no discriminación. Ese tribunal, al igual que nuestra Corte Interamericana de Derechos Humanos, reconoce que los derechos de las personas individuales pueden ser vulnerados por restricciones de facto, de hecho, si el Estado no establece las condiciones ni provee los medios que permiten ejercerlo. Es lo que sucede, en nuestro país, respecto de las personas con capacidad de gestar sin recursos que, en la realidad, no tienen acceso a la salud pública.

No es exacto decir en términos absolutos que ninguna mujer ha ido a prisión por abortar. Belén es un claro ejemplo de que, pese a la buena doctrina constitucional recogida en un plenario que tiene más de 40 años (caso Natividad Frías), las mujeres pobres que terminan en hospitales públicos con nefastas consecuencias de abortos inseguros son denunciadas, lo que viola el deber de guardar secreto.

No se trata de seguir modelos extranjeros, sino de cumplir lo que nos han recomendado y ordenado reiteradamente los organismos encargados de hacer efectivos los derechos humanos...

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