Aborto: la Corte, presionada a 'legislar'

La madre de una menor que habría sido violada y embarazada por su padrastro se presentó ante una jueza de Comodoro Rivadavia y solicitó la autorización para que se le practicara un aborto a su hija. Fundó su petición en una interpretación amplia del artículo 86 del Código Penal que declara no punible el aborto cuando el embarazo provenga de una violación a una mujer "idiota o demente".La jueza denegó la petición y amparó con su decisión la vida inocente del niño en gestación, y adoptó medidas tendientes a proteger al menor y a su madre. El fallo fue confirmado por la cámara del distrito.Apelada la sentencia, el Superior Tribunal de Chubut modificó la decisión de la cámara y autorizó el aborto a pesar de que la gestación se encontraba en el quinto mes, con lo cual prácticamente se trataría de un homicidio. Vélez Sarfield sostenía sabiamente en sus notas al Código Civil: "Las personas por nacer no son personas futuras, pues ya existen en el vientre de la madre".La Defensoría Oficial interpuso un recurso extraordinario contra ese fallo. Sin embargo, el aborto se ejecutó en marzo de 2010 en el Centro Materno Infantil de Trelew, pese a que el pronunciamiento judicial estaba apelado y, por lo tanto, la medida debía mantenerse en suspenso hasta tanto se resolviera.Meses después, en junio de 2010, el Superior Tribunal de Chubut concedió el recurso extraordinario y elevó el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Adonde llega con el niño muerto. El procurador general de la Nación, al expedirse el mes pasado, dictaminó que, al haberse realizado el aborto, el caso se convertía en una cuestión abstracta y que, por ello, debía declararse improcedente el recurso extraordinario.A raíz de ello, varias entidades partidarias del aborto, entre ellas la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, se presentaron en el expediente y pidieron al máximo Tribunal del país que prescindiera de la mencionada jurisprudencia y dictara sentencia para aprobar el aborto...

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