ABN AMRO BANK N.V. Sucursal Argentina C/ALBORNOZ JOSE LUIS S/ Ejecutivo – Reservado

Fecha de disposición01 Marzo 2013
Fecha de publicación01 Marzo 2013
SecciónCuarta Sección - Judiciales

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 16, Secretaría Nº160 a mi cargo, sito en Av. Callao 635, PB, Cap. Fed., comunica por dos días en los autos “ABN AMRO BANK N.V. Sucursal Argentina C/ALBORNOZ JOSE LUIS S/Ejecutivo – Reservado, Expte. Nº 19121, que el martillero Martín Saráchaga (C.U.I.T. Nº 20-23967959-6, Tel. 15 6479 7180) rematará el día 7 de marzo de 2013, a las 12 hs., en la Oficina de Subastas Judiciales sita en Jean Jaurés 545, Capital Federal, el inmueble ubicado en el Núcleo Habitacional Definitivo Nº 41 “Villa Corina”, Localidad y Partido de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, U.F. Nº 1022, 4º Piso, edificado en la fracción de terreno delimitado por las calles: Coronel Casacuberta, Oyuela, Lucena, General Pico, Pasaje el Tropezón y Centenario Uruguayo, Matrícula Nº FR. 441/1022; Part. 97086, Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección S, Fracción II, Parcela 1-D, Subparcela 1.022, Polígono 04-37. Se trata de un departamento ubicado en el 4º Piso, Dpto. “D” del Edificio Nº 13 que consta de living-comedor, cocina, baño y tres dormitorios, todo ello en buen estado de conservación. Ocupado por el Sr. Jorge Raúl Maurente y su familia, quien no exhibe título alguno, según constatación realizada en marzo de 2011. DNI del demandado Nº 13.436.538. BASE de $ 60.000.- (pesos sesenta mil). En el supuesto de fracaso de la subasta ordenada precedentemente, el martillero procederá a la media hora siguiente a la subasta del bien en la siguiente condición: Sin Base, al contado y al mejor postor (conf. art. 585 del CPCC) Cond. de Venta: Ad Corpus. Seña 30%, Comisión 3%, Sellado 1,2%, Arancel 0,25% Acordada CSJN: Ac. 10/99 y 24/00:7), todo en efectivo en el acto de la subasta. En caso de corresponder el pago del I.V.A. por la presente compraventa deberá ser solventado por el comprador, debiendo el martillero retenerlo en el acto de la subasta y depositarlo en el expediente. Las deudas que puedan existir por impuestos, tasas y contribuciones devengados hasta la fecha de toma de posesión serán solventadas con los fondos provenientes de la subasta, quedando eximido el adquirente de afrontar las mismas aún cuando el producido del remate no alcanzare para cubrirlas (CCom:B...

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