Aballay

Juez del Segundo Juzgado de Procesos Concursales, hace saber que a fs. 18/22 de los autos CUIJ N° 13-03850598-4 caratulados "ABALLAY MARIO ARIEL HERNAN p/QUIEBRA DEUDOR" se ha resuelto lo siguiente: Mendoza, 12 de febrero de 2016. Y Vistos:... considerando:... resuelvo:... I. Declarar la quiebra de Mario Ariel Hernán Aballay, D.N.I. N° 27.903.005, CUIL N° 20-27903005-3. V. Fijar el día veinte de abril de 2016 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico (art. 200 LCQ). VI. Fijar el día cuatro de mayo de 2016 como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación podrán concurrir el domicilio del Síndico, a efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones a las solicitudes presentadas (art. 200, sexto párrafo LCQ), debiendo Sindicatura presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo del art. 279 LCQ. VII. Fijar el día dos de junio de 2016 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los Informes Individuales. VIII. Fijar el día cuatro de julio de 2016 como fecha en la cual el Tribunal resolverá sobre la procedencia y alcance de las solicitudes formuladas por los acreedores (art. 36 LCQ); fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal. IX. Fijar el día dos de agosto de...

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