94.955 - Represas Piñeiro Manuel Elias S/ Quiebra S/ Inc. de Subasta (del Inmueble en Juan Carlos Gomez 60/64 - Reservado) - Mart. Liliana Reparaz de Sperling

EmisorRemates Judiciales
Fecha de la disposición28 de Abril de 2008

240 LC). c) A partir de la toma de posesión, quedarán a cargo del comprador del inmueble (art.2379 del Cód. Civil). BASE EN BLOCK U$S 700.000 en caso de no existir postores, luego de media hora de espera, saldrá a la venta con la base reducida en el 25%, al contado y al mejor postor (art. 585 CPCC), SEÑA 30%, Comisión 3%, Sellado de Ley 1%, Arancel Acordada 24/00, CSJN del 0,25%, al contado, en efectivo. Hágase saber que en caso de corresponder el pago del IVA por la presente compra deberá ser solventado por el comprador debiendo el martillero retenerlo en el acto de la subasta y depositarlo en el expediente. El comprador deberá constituir domicilio dentro del lugar de asiento del Juzgado y denunciar de corresponder, dentro del tercer día de efectuado el remate, el nombre de su comitente, en escrito firmado por ambos y dentro del quinto día de aprobada la subasta, deberá depositar judicialmente en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, el importe del precio que corresponda abonar al contado, bajo apercibimiento de ley (CPr. 580).Además, si por cualquier causa no depositare en autos el saldo de precio en el plazo indicado, aunque la mora no le fuere imputable, se aplicarán los intereses legales conforme operaciones de descuento a treinta días, tasa activa hasta su efectivo pago (Plenario C.N.COM.:27/10/94, Sociedad Anónima La Razón s/quiebra s/inc. de pago de los profesionales --art. 288-)' en forma no acumulativa (Plenario C.N.COM.:25/08/2003, 'Calle Guevara/fiscal de Cámara/s/revisión de plenario Uzal). Hágase saber al comprador que a los fines de efectuar la transferencia de dominio de los inmuebles a subastar podrá optar por la vía prevista expresamente por el art. 1185 del Cód. Civil, cuyo correlato procedimental regula el art. 587 del CPr.y que posiblita alcanzar ese mismo efecto mediante la escritura de protocolización de actuaciones, que no es configurativa de una escritura traslativa de dominio, sino de un instrumento que reúne constancias fundamentales del proceso en el que se llevó a cabo la subasta (Disposición Técnico Registral Nº 10/73, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal; Palacio 'Derecho Procesal Civil' T. VII, 656). Se presume que los oferentes tienen debido conocimiento de las constancias de autos, de las resoluciones dictadas y a dictar en relación con la presente subasta. EXHIBICION: Podrá visitarse libremente atento las características del predio. DE LA REPUBLICA ARGENTINA Presidencia de la Nación Secretaría Legal y Técnica Dirección Nacional del Registro Oficial Segunda Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.393 50Lunes 28 de abril de 2008TINUACION QUE CUENTA CON DOS DORMITORIOS, BAÑO, COCINA Y PATIO, EN LA PLANTA SUPERIOR POR EL N° 6967, EXISTEN DOS DEPARTAMENTOS QUE SE COMPONEN U.F. N° 2 CON BALCON A LA CALLE,COMEDOR, UN DORMITORIO, BAÑO Y COCINA, U.F. N° 3 CONSTA DE COMEDOR, UN DORMITORIO, BAÑO, COCINA Y TERRAZA DESCUBIERTA, TODAS LA UNIDADES EN MAL ESTADO DE CONSERVACION Y DESOCUPADOS.- BASE: $ 300.000.- CONDICIONES DE VENTA PARA AMBOS INMUEBLES: SEÑA:30%, COMISION 3% + IVA, ACORDADA CSJN:0,25%, SELLADO DE LEY: 1% PARA EL LOTE UBICADO EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, TODO A CARGO DEL COMPRADOR .EN BLOCK, 'AD-CORPUS' AL CONTADOY MEJOR POSTOR, TODO EN DINERO EN EFECTIVO EN EL ACTO DEL REMATE, SALDO DEBERA SER DEPOSITADO DENTRO DEL 5° DIA DE APROBADA LA SUBASTA, SIN NECESIDAD DE OTRA NOTIFICACION NI INTIMACION ALGUNA, BAJO APERCIBIMIENTO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE CONSIDERARLO POSTOR REMISO Y RESPONSABLE EN LOS.TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ART. 584DEL CPCC, EL COMPRADOR SERA PUESTO EN POSESION DEL INMUEBLE UNA VEZ INTEGRADO EL SALDO REFERIDO, LAS DEUDAS QUE REGISTRE EL INMUEBLE EN CONCEPTO DE IMPUESTOS ,TASASY CONTRIBUCIONES SERAN A CARGO DE LOS COMPRADORES DESDE LA TOMA DE POSESION DE DICHOS INMUEBLES, LOS COMPRADORES DEBERAN CONSTITUIR DOMICILIO DENTRO DEL RADIO DEL JUZGADO, BAJO APERCIBIMIENTO DE LO DISPUESTO...

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