Sentencia nº 383 de Tribunal en lo Contencioso Administrativo de Provincia de Jujuy, de 8 de Junio de 2022

Fecha de Resolución 8 de Junio de 2022
EmisorTribunal en lo Contencioso Administrativo

Autos y Vistos:

Las constancias de este Expediente Nº C-022.383/14 caratulado: “Cautelar: Aseguramiento de Pruebas: R.R.H. c/ Estado Provincial” y

Considerando:

Que mediante presentación digital de fecha 06/06/22 el Dr. A.M., deduce aclaratoria de la sentencia de fecha 24 de mayo del año en curso.

Afirma, en síntesis, que en ella se omite regular los honorarios por el reclamo ante el Cuerpo.

Que el remedio tentado se endereza a “…corregir errores materiales, aclarar algún concepto oscuro y suplir cualquier omisión…” y de las que pudiera adolecer la sentencia cuya aclaración se solicita -conforme artículo 49 del Código Procesal Civil-; por lo que, no verificándose ninguno de estos supuestos, sólo debe desestimarse por improcedente. Sin perjuicio de hacerle saber al letrado...

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