87.905 - Sb Mandataria S.A. S/ Quiebra S/ Concurso Especial Promovido por Banca Nazionale del Lavoro S/ Concurso Especial - Mart. Alicia Slelatt de Mohadeb

EmisorRemates Judiciales
Fecha de la disposición 5 de Mayo de 2008

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 41, Secretaría Unica, con asiento en Uruguay 714, 1º piso, Capital Federal, comunica por dos días en los autos 'PETROLERA DEL CONOSUR S.A. C/ NAS SRL S/ EJECUCION HIPOTECARIA' expte. 109909/02, que el Martillero Público Horacio E. Garrido, CUIT 20-04406278-0, TE 4812-0912, rematará el día 14 de mayo de 2008 a las 13 hs. en punto, en Tte. Gral. Juan D. Perón 1.233, Capita Federal, dos lotes de terreno ubicados en Rio Tercero, Pedanía El Salto, Departamento de Tercero Arriba, Pcia. de Córdoba, manzana 7, lote 27 matrícula 570.409 y lote 28 matrícula 570.410. Nomenclatura Catastral: Circ. 04,Sección 01, Manzana 042, Parcelas 053 y 055.Superficie: lote 27:315 m2 y lote 28:315 m2.- Según informe de autos, el inmueble se encuentra ubicado en Camino Provincial Nº 6, general Savio sin numero, a 30 mts. de calle Alejo Guzmán y lote por medio con estación de servicio abandonada hacia calle Gregorio Gravier de Pedania El Salto, Departamento de Tercero Arriba de la Pcia.de Córdoba (a 5km. de Rio Tercero) y sobre los lotes se levanta una pared lateral, sin techo y a continuación una pequeña habitación solamente.En buen estado de conservación y ocupado por cuidadores.- BASE $ 30.000,- al contado y Mejor postor. Comisión 3%. IVA sobre comisión. Sellado de Ley. Seña 30% Arancel Ac. 10/99 CSJN 0,25%.La venta se realiza 'ad corpus'. El comprador deberá constituir domicilio en Capital Federal, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán por notificadas en la forma y oportunidad previstas en el art. 133 del CPCC. Se deja constancia que de no oblarse el saldo del precio dentro del mes de efectuada la subasta, --con independencia de la actitud que pudieran asumir las partes-- éste deberá oblarse con más el interés que se devengue hasta el momento del efectivo pago a la tasa pasiva que autoriza el decreto 941 del PEN. Se deberá oblar el importe del precio dentro de los cinco días de aprobada la subasta (art. 580 del Código Procesal). No corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registre el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcance para solventarlos, con excepción de las deudas que se registren por expensas comunes, para el caso de que el inmueble se halle sujeto al régimen de la ley 13.512 (cfr.CNCiv Fallo Plenario 'Servicios Eficientes S.A. c/ Yabra, Roberto Isaac s/ Ejecutivo'). En el caso de las ejecuciones hipotecarias: la venta quedará perfeccionada una vez pagado el precio y realizada la tradición a favor del comprador. El pago se podrá realizar directamente al acreedor, quién deberá depositar el remanente dentro del quinto día de verificado el cobro. Si el acreedor ostentare la tenencia del inmueble subastado, podrá transmitirla directamente al comprador, caso contrario será entregado con intervención del juez. La protocolización de las actuaciones será extendida por intermedio del escribano designado por el comprador, sin que sea necesaria la comparencia del ejecutado. No procede la compra en comisión ni la indisponibilidad de los fondos de la subasta ni se admite la cesión del boleto de compra-venta en estos obrados o cualquier otro negocio que importe sustituir al comprador en subasta. Deudas: fs. 239/42 Impuesto Inmobiliario lote 27 $ 1175 y lote 28 $ 4675,8 al 22/6/06; fs. 246 Municipalidad de Rio Tercero lote 27 $ 2195,27 y lote 28 $ 2202,28 al 3/7/06; fs. 250 Cooperativa Obras y servicios Públicos Ltda. de Río Tercero $ 4.213,87 al 22/6/06. Exhibición: 12 y 13 de...

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