Sentencia nº 157784 de Cámara en lo Civil y Comercial Sala II de Provincia de Jujuy, de 17 de Marzo de 2022

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2022
EmisorCámara en lo Civil y Comercial Sala II

////la ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, a los 17 días del mes de marzo del año dos mil veintidós, reunidos los Señores Vocales de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial, D.D.A., M.d.H.S. y E.M., bajo la presidencia del primero de los nombrados, vieron el Expte. Nº C- 157.784/2.020: “Resolución de Contrato. O., B.N. c/ Asociación de Educadores Provinciales -ADEP-", y luego de liberar;

El Dr. D.A. dijo:

  1. Que, comparece la Sra. Blanca N.O. con el patrocinio letrado del Dr. M.A.S. y deduce formal demanda ordinaria por resolución de contrato en contra de la Asociación de Educadores Provinciales (A.D.E.P.), solicitando que oportunamente se condene a éste a la devolución del terreno adquirido a favor de dicha entidad para la edificación de viviendas por parte del Instituto de Viviendas y Urbanismo de Jujuy -I.V.U.J.- y/o su equivalente en dinero tomándose los valores de plaza actuales más intereses y los daños irrogados por la falta de cumplimiento.

    En el relato de los hechos manifiesta que el 20/04/2.007 suscribió un convenio denominado Operatoria A.D.E.P. con la empresa Delgado Construcciones mediante el cual de acuerdo a las instrucciones impartidas por el demandado, la firma se comprometía a realizar los trámites necesarios para la adquisición de una parcela de 8 m de frente por 25 m de fondo de un inmueble sito en el barrio Los Perales. Posteriormente, la propiedad debía ser cedida a A.D.E.P. para que luego ésta la transfiriera al I.V.U.J. para la construcción de las viviendas.

    Manifiesta que se pactó como precio total -esto es el terreno más los trabajos de preparación de la documentación de los beneficiarios para el ingreso al plan de viviendas ante el I.V.U.J.- en la suma de pesos seis mil quinientos ($6.500). En ese acto entregó la suma de $4.280 y el saldo de $2.220 lo abonaría en 56 cuotas fijas, mensuales y consecutivas de $40. El 23/05/2.011 la actora canceló el precio, conforme surge de la constancia emitida por la empresa constructora.

    Continúa su relato, señalando que el 24/08/2.011 presentó en A.D.E.P. una nota mediante la cual prestaba su conformidad para transferir el terreno adquirido destinado a la construcción de las 256 Viviendas en el barrio M.V., Los Perales, a favor del Instituto de Viviendas y Urbanismo de Jujuy -I.V.U.J., el gremio le informó que notificarían sobre la culminación de las obras y adjudicaciones.

    Transcurrido un tiempo considerable sin tener novedades, en fecha 09/08/2.018 presentó una nota ante A.D.E.P. mediante la cual ponía en conocimiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR