Sentencia nº 155038 de Cámara en lo Civil y Comercial Sala III de Provincia de Jujuy, de 27 de Diciembre de 2021

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2021
EmisorCámara en lo Civil y Comercial Sala III

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AUTOS Y VISTOS:

Los del Expte. C-155038/20, caratulado: “INCIDENTE DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA en Expte. C-9999/13: ISNADO, L. EFRAIL Y EDUARDO Y QUINTAR, L. C/ ESTADO PROVINCIAL” y

CONSIDERANDO:

  1. Que en contra del decreto de fs. 69 articula el Dr. L. QUINTAR reclamo ante el Tribunal en pleno. Tal decreto denegó el pedido del letrado para que se depositara en su caja de ahorros del Banco Macro el crédito de su cliente.

    Funda su reclamo en la facultad de cobro que dice conferidas por su mandante en el poder general para juicios que le fuera otorgado, y lo dispuesto en el art. 375 del CCCN.

  2. Traídos los autos para resolver corresponde, sin más, expedirnos.

    Esta S. ha tenido ya oportunidad de pronunciarse al respecto al resolver idéntico reclamo en el Expte. C-140.408/19, caratulado: “INCIDENTE DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA: VILTE, M. DE LOS ANGELES Y QUINTAR, L. c/ ESTADO PROVINCIAL”.

    Allí se dijo que para que una resolución se ajuste a derecho, “ha de...

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