Sentencia nº 5021 de Superior Tribunal de Justicia, 19 de Octubre de 2021

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2021
EmisorSuperior Tribunal de Justicia

(Libro de Acuerdos Nº 58, Fº 5110/5111, Nº 1554).San Salvador de Jujuy, República Argentina, a los diecinueve días del mes de octubre de dos mil veintiuno, los señores Jueces del Superior Tribunal de Justicia doctores J.M.d.C., M.S.B. y S.R.G., bajo la presidencia del nombrado en primer término, vieron el E.. Nº 5021/06, caratulado: “Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el E.. Nº B-153.002/1/06 (Sala II – Tribunal del Trabajo) Incidente de nulidad de notificación en E.. Nº B-153.002/06...: M., C.A.c./ Sucesión de C., C.R. y C., L.R..

CONSIDERANDO:

Vuelven los presentes obrados a este Superior Tribunal de Justicia, a los fines de la regulación de honorarios profesionales correspondientes a los letrados intervinientes en la instancia recursiva superior, conforme el diferimiento dispuesto en la sentencia de fs. 45/46 (L.A. Nº 50, Fº 1799/1800, Nº 595).

En consecuencia, teniendo en cuenta que al momento de fijar el monto de condena y regular los honorarios correspondientes a esa instancia (fs. 338/339 del E.. Nº B-15300/06), se obvió cuantificar los emolumentos referidos a la incidencia que motivó el presente recurso de inconstitucionalidad, pero si se determinó para los apoderados de la parte vencedora las siguientes sumas al 11/12/2017:

Dr. E.G.R. $ 22.175,42

Dr. C.L.B. $ 3.935,91

Dr. J.C.S. $ 7.151,98

TOTAL $ 33.263,31

Monto que actualizado al 2/8/21 resulta en $ 91.540,10

A partir de allí:

Art. 23 Ley 6112:

91.540,10 X 20%= 18.308,02

Art. 52 y 53 (incidentes):

18.308,02 X 30%= 5.492,406

Art. 32:

5.492,406 X 30%= 1.647,7218

Siendo esta última cifra inferior a los montos mínimos establecidos por la mentada ley, es que por imperio de lo previsto en sus artículos 1, 12, 15 –tercer párrafo-, 17, 20, 23, 53 y 32; y resolución Nº 11/2021 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil, corresponde regular los honorarios profesionales de los doctores P.G.E. y E.G.R. las respectivas sumas de veinte tres mil cuarenta pesos ($...

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