Sentencia nº 15552 de Superior Tribunal de Justicia, 16 de Septiembre de 2021

Número de sentencia15552
Fecha16 Septiembre 2021
Número de expedienteLA-15552-2019

(Libro de Acuerdos Nº 6, Fº 686, Nº 215). En la ciudad de San Salvador de Jujuy, República Argentina, a los dieciseis días del mes de septiembre de dos mil veintiuno, los Sres. Jueces de la S.I. Laboral del Superior Tribunal de Justicia Dres. F.F.O., M.S.B. y Clara Aurora De Langhe de Falcone, bajo la presidencia del primero de los nombrados, vieron el Expte. Nº LA-15.552/19 caratulado: “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº C-059.205/2016 (Tribunal del Trabajo Sala I- Vocalía 1) Despido, M.G.R. c/ Servicios Digitales S.R.L. del cual, el Dr. O. dijo:

A fs. 162 de los autos originarios, el tribunal del trabajo, dando cumplimiento a lo resuelto por este Superior Tribunal en el punto 2º de la sentencia registrada en LA nº 5, Fº 343/349, nº 118 (fs. 56), dictó resolución mediante la cual reguló nuevamente los honorarios profesionales generados en esa instancia, de los Dres. F.P.P. y T.H.L., conforme a los argumentos allí expuestos.

Luego se ordena la remisión de los obrados a este Superior Tribunal de Justicia a esos mismos efectos (fs. 164), atento a que esta S.I., mediante la misma sentencia mencionada en el párrafo anterior, resolvió diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto existiera base para ello.

Así, partiendo de la base regulatoria para esta etapa, el interés económico comprometido y la regulación de honorarios efectuada en la instancia anterior (fs. 162), aplicando lo dispuesto en el artículo 32 de la ley 6112/18, surge que los montos son inferiores a los mínimos establecidos en el art. 26 de la misma, por lo que corresponde...

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