Sentencia nº 16217 de Superior Tribunal de Justicia, 26 de Marzo de 2021

Fecha de Resolución26 de Marzo de 2021
EmisorSuperior Tribunal de Justicia

(Libro de Acuerdos Nº 6, Fº 194, Nº 63). San Salvador de Jujuy, República Argentina, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil veintiuno,los señores jueces de la Sala Laboral del Superior Tribunal de Justicia, doctores M.S.B., F.F.O. y S.M.J., bajo la presidencia de la nombrada en primer término, vieron el Expte. Nº LA-16.217/19, caratulado: “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en C- 090.033/2017 (Tribunal del Trabajo -Sala I- Vocalía 2): Despido: G., M. c/ Instituto Médico Integral San Salvador SA – IMISS SA”, del cual,

La Dra. B. dijo:

El Dr. G.C. de la Colina en representación de Instituto Médico Integral San Salvador SA – IMISS SA interpone en tiempo aclaratoria respecto de la sentencia dictada por esta Sala Laboral del Superior Tribunal de Justicia de fecha 1 de marzo del 2021, registrada en el L.A. Nº 6, Fº 78/83, Nº 25, obrante a fojas 95/100 de autos.

Refiere que en la sentencia se incurrió en un error al intimar a su parte a la entrega de la Certificación de Servicios y Remuneraciones, cuando de las constancias de la causa surge que la copia de dicha documentación se encuentra agregada a autos.

Por ello, sostiene que la obligación de entregar la Certificación de Servicios y Remuneraciones se encuentra cumplida y debidamente acreditada.

Del análisis de la resolución objetada no surgen errores materiales que corregir...

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