Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SECRETARIA ESPECIAL, 23 de Junio de 2020, expediente CFP 003294/2020/1/SE001

Fecha de Resolución23 de Junio de 2020
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SECRETARIA ESPECIAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SECRETARIA ESPECIAL

CFP 3294/2020/1/SE1

Buenos Aires, 23 de junio de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en este legajo incoado en la causa 3294/2020 “M.S., O.O.s.ón de medidas propagación epidemia (art. 205CP)”, la contienda suscitada entre los juzgados nro.

7 y 11 del fuero;

Y CONSIDERANDO:

I- Que el titular del Juzgado Federal nro. 7 recibió

estos actuados cuando se hallaba de turno con fuerzas de seguridad y los envió a sorteo “…en atención a lo establecido en los artículos 5º y 6º de la AC 37/12 (to Ac. 4/17) de la Cámara del fuero…”.

Como consecuencia de ello resultó desinsaculado para intervenir el juzgado Federal nro. 11 cuyo magistrado a cargo,

por diferir con el criterio de su colega y previo ordenar las medidas consideradas urgentes, devolvió las actuaciones a su procedencia.

Tal circunstancia generó la contienda que se encuentra a estudio del suscripto.

II- Ahora bien, analizadas las constancias que conforman el legajo, puede afirmarse que la actuación del personal policial en los eventos se enmarca en los términos del artículo 183 y concordantes del CPPN y, por lo tanto, resulta de aplicación al caso lo establecido en el artículo 4to. de la Acordada 4/2017 de este Tribunal.

En tal sentido...

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