Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SECRETARIA ESPECIAL, 14 de Mayo de 2020, expediente CFP 002274/2020/1/SE001

Fecha de Resolución14 de Mayo de 2020
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SECRETARIA ESPECIAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SECRETARIA ESPECIAL

CFP 2274/2020/1/SE1

Buenos Aires, 14 de mayo de 2020.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en este legajo incoado en la causa CFP

2274/2020 “NN s/averiguación delito- Dte: PERROTTA, M.Á., la contienda suscitada entre los juzgados nro. 1 y 2 del fuero;

Y CONSIDERANDO:

I- Que el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro. 2 remitió estos actuados a conocimiento de su par del Juzgado nro. 1 por conexidad con la causa CFP 2195/2020

NN s/averiguación delito, Resistencia o Desobediencia a Funcionario Público, etc

.

Dicha circunstancia fue rechazada por su colega interinamente a cargo de la sede receptora, que decidió devolver las actuaciones a su procedencia.

Para así decidir sostuvo, entre otras cosas, que ya antes ese juzgado había rechazado una competencia similar por los mismos hechos que se investigan en la presente en relación a la causa CCC

20997/2020 proveniente del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nro. 10.

Por último, argumentó que sí existe una denuncia repetida entre estas actuaciones y la causa mencionada en el párrafo anterior.

Manteniendo su postura el magistrado declinante, se generó la contienda que se encuentra a estudio del suscripto.

II- Ahora bien, a fin de resolver la cuestión debe tenerse presente lo que surge de la nota confeccionada por secretaría con respecto tanto al expediente CFP 2195/2020 –con el que se pretende la conexión- como a la causa CCC 20997/2020.

De allí se desprende que los citados actuados se encuentran a conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en virtud de las cuestiones de competencia suscitadas entre el Fecha de firma: 14/05/2020

Alta en sistema: 15/05/2020

Firmado por: M.I., PRESIDENTE

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