Sentencia nº 103523 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1, 11 de Noviembre de 2019

Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2019
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1

. S. de Jujuy, 11 de noviembre 2019

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. N° C-103523/17,

caratulado: "Ejecutivo: VALLE FERTIL S.A. c/ AVILA EDUARDO

ALBERTO", y

RESULTA:

Que, a fs. 21/22 se presenta el Dr. DE

B.Q.J.I. en nombre y representación de

VALLE FERTIL S.A. promoviendo la presente demanda ejecutiva

en contra de AVILA EDUARDO ALBERTO por el cobro de PESOS

VEINTINUEVE MIL CIENTO VEINTINUEVE C/25/100($29.129,25).-

Que, a fs. 24 se dispone requerir de pago

a la parte demandada, conforme lo dispuesto en el Art. 472 y

ss. del C.P.C., lo que se efectiviza a fs.40 y;

CONSIDERANDO:

Que, citada de remate la parte demandada

ésta no se presentó a oponer excepciones legítimas dentro del

término previsto para hacerlo, el que se encuentra vencido a

la fecha, por lo que corresponde hacer efectivo el

apercibimiento decretado.

Que, oportunamente se corrió TRASLADO a la

accionada de tal petición a los fines de que la misma pueda

hacer valer las defensas que considere pertinentes.

Que, por lo antes expuesto corresponde

mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por

VALLE FERTIL S.A. en contra de AVILA EDUARDO ALBERTO

aplicando al capital reclamado por la Actora en la demanda,

el interés que se liquida por aplicación de la tasa activa,

desde la mora y hasta el efectivo pago, conforme a la

doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en

L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235 en Expte. Nº 7096/09,

caratulado: “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en

Expte. Nº B- 145731/05” (Sala I del Tribunal del Trabajo),

Indemnización por Despido Incausado y otros rubros: “Z.,

S.Z.c.A., Y. y otro).

Que en virtud del principio objetivo de la

derrota, las costas deben imponerse a la parte vencida (Art.

102 del C.P.C.).-

Difiérase la regulación de honorarios

hasta tanto se practique planilla de liquidación.-

Por lo expresado y conforme lo disponen los

Arts. 485 y 489 del C.P.C., el Juzgado de primera Instancia

en lo Civil y Comercial Nº 1 de la Provincia de Jujuy;

RESUELVE:

  1. Mandar llevar adelante la presente ejecución

    seguida por VALLE FERTIL S.A. en contra de AVILA EDUARDO

    ALBERTO hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado,

    o sea la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL CIENTO VEINTINUEVE

    C/25/100($29.129,25) con más el interés a la tasa activa

    desde la mora (23/06/17) y hasta el efectivo pago, conforme a

    la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia

    en L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235 en Expte. Nº 7096/09,

    caratulado: “Recurso de...

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