Sentencia nº 145041 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1, 7 de Noviembre de 2019
Fecha de Resolución | 7 de Noviembre de 2019 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1 |
S.S. de Jujuy 07 de noviembre de 2019
AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. Nº C-145041/19
caratulado, “EJECUTIVO: CREDIL S.R.L. C/ VALDEZ FABIANA
PATRICIA” del que:
RESULTA:
Que, a fs.19/20 se presenta el Dr. LEON
A.B. en nombre y representación de CREDIL S.R.L.,
promoviendo Juicio Ejecutivo en contra de VALDEZ FABIANA
PATRICIA, por el cobro de PESOS OCHO MIL CUATROCIENTOS
VEINTICUATRO ($8.424,00).-
Que, a fs.24 se dispone requerir de pago a la
parte demandada, conforme lo dispuesto en el Art. 472 y ss.
del C.P.C., lo que se efectiviza a fs.28 de autos, y;
CONSIDERANDO:
Que, citada de remate la parte Demandada,
ésta no se presentó a oponer excepciones legítimas dentro del
término previsto para hacerlo, el que se encuentra vencido a
la fecha, por lo que corresponde hacer efectivo el
apercibimiento decretado.
Que, oportunamente se ha corrido TRASLADO
a la accionada de tal petición a los fines de que la misma
pueda hacer valer las defensas que considere pertinentes.
Que, por lo antes expuesto corresponde
mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por
CREDIL S.R.L. en contra de V.F.P., aplicando
al capital reclamado por la Actora en la demanda, el interés
que se liquida por aplicación de la tasa activa, desde la
mora y hasta el efectivo pago con el cincuenta por ciento (50
%) en razón de los punitorios, todo ello conforme a la
doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en
L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235 en Expte. Nº 7096/09,
caratulado: “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en
Expte. Nº B- 145731/05” (Sala I del Tribunal del Trabajo),
Indemnización por Despido Incausado y otros rubros: “Z.,
S.Z.c.A., Y. y otro).
Que en virtud del principio objetivo de la
derrota, las costas deben imponerse a la parte vencida (Art.
102 del C.P.C.).-
Difiérase la regulación de honorarios
hasta tanto se practique planilla de liquidación.-
Por lo expresado este Juzgado de primera
Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de la Provincia de
Jujuy;
RESUELVE:
I.-Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida
por CREDIL S.R.L. en contra de V.F.P., hasta
hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma
de PESOS OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO ($8.424,00), con
más el interés a la tasa activa desde la mora (20/06/19) y
hasta el efectivo pago con más el 50% en razón de los
intereses punitorios, conforme a la doctrina sustentada por
el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 54, Fº 673/678,
Nº 235 en Expte. Nº 7096/09...
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