Sentencia nº 14777 de Superior Tribunal de Justicia, 29 de Octubre de 2019

Fecha de Resolución29 de Octubre de 2019
EmisorSuperior Tribunal de Justicia

(Libro de Acuerdos Nº 4, Fº 636, Nº 192). En la ciudad de San Salvador de Jujuy, República Argentina, a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil diecinueve, los Señores Jueces de la Sala IV Laboral del Superior Tribunal de Justicia doctores FEDERICO FRANCISCO OTAOLA, M.S.B. y CLARA A. DE LANGHE DE FALCONE, bajo la presidencia del primero de los nombrados, vieron el Expte. Nº LA-14.777/18 caratulado: RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD interpuesto en el Expte. Nº C-108.410/2018 (Tribunal del Trabajo Sala I – Vocalía 3) Incidente de Nulidad: AREVALO, HUGO ERNESTO c/ OCHOA, EUSEBIO” del cual,

El D.O. dijo:

Que a fs. 50 se presenta el Dr. H.A.L.(.h) por sus propios derechos, en tiempo y forma, a interponer aclaratoria en contra la resolución de la sentencia de fecha 10 de octubre del 2019.

El recurrente sostiene que la sentencia incurre en un error al dejar sin efecto la regulación de honorarios profesionales cuando en realidad ello no corresponde.

Alega que este Superior Tribunal dispuso de oficio modificar el monto de la planilla de liquidación obrante a fs. 250/250 vta. y que dicha suma es la actualización de intereses y multas del capital por el cual se llegó a un arreglo entre las partes por lo tanto no se modifica el monto de condena sino solamente la suma indicada.

Señala que las partes acordaron la suma de $50.000 por todo concepto reclamado en el juicio y es por ello que el tribunal de grado fijó los honorarios de su parte en la suma de $10.000.

Aduce que el a quo de manera errónea consignó que...

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