Sentencia nº 15801 de Tribunal del Trabajo Sala I de Provincia de Jujuy, de 29 de Julio de 2019

Fecha de Resolución29 de Julio de 2019
EmisorTribunal del Trabajo Sala I

San Salvador de Jujuy, veintinueve de julio de 2019.

VISTO:

Este Expediente Nº C-015801/13, caratulado: “DESPIDO: CABANA CESAR RAUL c/ REYNAGA PEDRO MODESTO”, y

RESULTA:

Que a fs. 298 se presenta el Dr. CARLOS SEBASTIAN ESPADA, apoderado del actor, quien, en lo que aquí interesa y fuera intimado por el Tribunal en fecha 26 de junio del corriente –fs. 289- denuncia el fallecimiento del accionado, los datos del único heredero y la radicación del juicio sucesorio, y

CONSIDERANDO:

Que vistas las constancias de autos, la partida de defunción agregada a fs. 290, de la que se desprende que el accionado P.M.R.D. 8.204.133 falleció el 23 de abril del corriente año, y a la fecha, se encuentra abierto el proceso universal, traída la cuestión a resolución del Cuerpo, y a mérito del deceso del accionado, adelantamos que corresponde remitir los presentes al sucesorio radicado en el expediente denunciado.

Que sobre el particular, cabe referir, que si bien, la competencia se encuentra fijada por el código de rito, no es menos cierto que la legislación de fondo no puede ser dejada de lado por una disposición local, a lo que cabe agregar que uno de los caracteres del fuero de atracción, es la alteración de las reglas que regulan la competencia, ya...

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