Sentencia nº 14121 de Superior Tribunal de Justicia, 3 de Junio de 2019

Fecha de Resolución 3 de Junio de 2019
EmisorSuperior Tribunal de Justicia

(Libro de Acuerdos Nº 4, Fº 269, Nº 79). San Salvador de Jujuy, República Argentina, a los tres días del mes de junio del año dos mil diecinueve, los señores jueces de la Sala Laboral del Superior Tribunal de Justicia, D.. F.F.O., M.S.B. y Clara Aurora De Langhe de F., bajo la presidencia del primero de los nombrados, vieron el Expte. Nº LA-14.121/17, caratulado: “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº C-088.077/2017 (Tribunal del Trabajo -Sala I): Enfermedad accidente de trabajo: B.A.D. c/ MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY”, del cual

El Dr. Otaola dijo:

A fs. 52 la Dra. M.A.S., en nombre y representación de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, deduce aclaratoria respecto de la sentencia dictada por esta Sala IV - Laboral del Superior Tribunal de Justicia de fecha cuatro de abril de dos mil diecinueve, registrada en el L.A. Nº 4, Fº 129/133, Nº 44 agregada a fojas 44/48 de estos autos.

Entiende que se ha omitido en el resuelvo tercero establecer los intereses, mora e IVA, conforme surge de los considerandos in fin ”Devengarán intereses de la tasa activa (L.A. 54, Nº 235), solo en caso de mora y se les añadira el impuesto al valor agregado de corresponder”.

Por ello, solicita se aclare la omisión señalada.

Considerando que de los términos en que se interpuso la aclaratoria no surge que la misma se encuentre dirigida a cuestionar el voto del...

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