Sentencia nº 14612 de Superior Tribunal de Justicia, 5 de Junio de 2019

Fecha de Resolución 5 de Junio de 2019
EmisorSuperior Tribunal de Justicia

TEMAS: RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL. MONTO INDEMNIZATORIO. TASAS DE INTERÉS. DENEGACIÓN DEL RECURSO.

(Libro de Acuerdos Nº 4, Fº 304/305, Nº 95). San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los cinco días del mes de junio del año dos mil diecinueve, los señores Jueces de la Sala Laboral del Superior Tribunal de Justicia, doctores M.S.B., F.F.O. y Clara Aurora De Langhe de Falcone, bajo la presidencia de la nombrada en primer término, vieron el Expte. Nº LA-14.612/18, caratulado: “Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en expte. B-281.269/2012 (Tribunal del Trabajo -Sala I- Vocalía 3) Indemnización por accidente de trabajo: GARCIA, ELIAS ABRAHAM c/ POLICIA DE LA PROVINCIA”, del cual,

La Dra. B. dijo:

A fs. 48/53 de autos el procurador fiscal Dr. M.L.N. en nombre y representación del Estado Provincial interpone Recurso Extraordinario Federal (art. 256 CPCCN, 14 ley 48 y cctes.) en contra de la sentencia dictada por esta Sala Laboral del Superior Tribunal de Justicia, en fecha diez de diciembre de dos mil dieciocho y registrada en L.A. Nº 3, Fº 895/896, Nº 267, en lo que refiere, dice, al mecanismo de actualización del capital de condena que ya fuera cuestionado en la instancia anterior.

F. como primer motivo de agravio, la ausencia de tratamiento expreso de los agravios centrales que su parte, expusiera oportunamente en el recurso de inconstitucionalidad y por ello califica a la resolución allí dictada y que ahora impugna, de dogmática.

Sostiene, que confirmar la posibilidad que se aplique una tasa de interés de dos veces y media la tasa de recomposición judicial vigente, afecta el orden público económico y vulnera el artículo 7º de la ley de convertibilidad 23.928.

Afirma que la sentencia en crisis se aparta de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “E., pretendiendo aplicar retroactivamente una repotenciación de la deuda.

Señala finalmente arbitrariedad, en la decisión de avalar la aplicación de dos veces y media la tasa activa de uso judicial, porque de esa manera su mandante el Estado Provincial es condenado a pagar un 150% más de lo que en verdad correspondería, lo que en definitiva, denuncia, violenta y afecta su derecho de propiedad.

Solicita se conceda el recurso extraordinario federal y a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que haga lugar al mismo, con costas.

Sustanciado se presenta a contestarlo, en tiempo, el Dr. R.I.S.J. como apoderado del actor señor E.A.G. y...

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