79.322 -torrillate Daniel Alfredo S/propia Quiebra Sindico Contador Altman Daniel Ernesto

EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición 1 de Diciembre de 2008

Boliviano Nº 4.405.013 a nombre de NELSON RIVERA ESCOBAR y MANDAR que por Secretaría se registre este fallo, y se hagan lascomunicaciones, oficios y notificaciones.-- Marta Liliana Snopek, Presidente. -- Rene Vicente Casas, Vocal. -- Ante mí: Efrain Ase, secretario.e. 18/11/2008 Nº 585.647 v. 01/12/2008 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:FALLA:Primero: CONDENANDO A BENITA ELENA ARISPE PACCI, de las calidades personales mencionadas más arriba, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISION, multa de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO ($ 225), con más la pena de inhabilitación absoluta que prescribe el artículo 12 del Código Penal, por encontrarla autora penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes --cocaína--, figura prevista y penada por el artículo 5º inciso 'C' de la ley 23.737, con costas.Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día catorce de mayo del año dos mil doce, y diez días para el pago de multa y costas del Juicio.Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.Cuarto: REMITIR copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Benita Elena Arispe Pacci, para su correspondiente notificación en ese lugar.Quinto: REMITIR a Benita Elena Arispe Pacci al Servicio Peniteniario Federal para que cumpla la pena privativa de a libertad en una unidad carcelaria a su cargo.Sexto: LEVANTAR la inhibición general de bienes de la nombrada; dispuesta a fs. 48/50 de autos, librándose las comunicaciones el caso.Séptimo: REMITIR al lugar de detención la Cédula de Identidad de Bolivia Nº 4.420.833, a los fines del artículo 171 de la Ley 24.660.Octavo: MANDANDO que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones y notificaciones pertinentes. -- MARTA LILIANA SNOPE. -- ALBERTO OSCAR ARAGONE. -RENE VICENTE CASAS. -- Ante mí: EFRAIN ASE, Secretario.San Salvador de Jujuy, 06 de noviembre de 2008.e. 18/11/2008 Nº 585.653 v. 01/12/2008 El TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL DE JUJUY,FALLA:I.- CONDENAR a Walter Enrique GOMEZ ISLA de las demás calidades personales obrantes en autos a la pena de cuatro (4) años y ocho (8) meses de prisión, INHABILITACION ESPECIAL para ejercer el comercio por el tiempo de la condena, INHABILITACION ABSOLUTA por el doble tiempo de la condena, para desempeñarse como miembro de las fuerzas de seguridad, funcionario o empleado aduanero o proveedor de abordo de cualquier de estos tres últimos por encontrarlo autor del delito de 'contrabando de importación de estupefacientes, agravado por el inequivoco destino de comercialización en grado de tentativa', previsto y penado en los Arts. 8662do. párrafo, en función del Art. 864 inc. 'd', 871 y Art. 876 incs. 'e', 'f' y 'h' del Código Aduanero (Ley 22.415). Sin perjuicio de las sanciones que correspondan en sede aduanera (Arts. 876 y 1026 inc. 'b' del Código Aduanero). Con mas la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena conformeArt.12 del Código Penal.Con imposición de costas. Remitiendolo al Servicio Penitenciario Federal, para que...

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