Sentencia nº 104989 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 13, 12 de Febrero de 2019
Fecha de Resolución | 12 de Febrero de 2019 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 13 |
AUTOS Y VISTOS: el presente Expte. Nº C-104989/17
caratulado:
"SUCESORIO AB INTESTATO: TOLABA, MARIO AURELIO".-
- - - - - - - - - - R E S U L T A - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Que, a fs. 23/24 se presenta la Dra. M.C.A.,
en nombre y representación de los Sres. F.M., JUDITH
ADRIANA TOLABA, H.A.T., G.E.T.,
I.N.T., I.S.T., ALFREDO DANTE
TOLABA y YANINA DEL VALLE TOLABA, promoviendo la apertura del
Sucesorio de MARIO AURELIO TOLABA, fallecido el día 01 de
Agosto de 2017; estado civil casado, con último domicilio en
Mza. 5, L. 10 s/n, Asentamiento San Jorge, de esta ciudad.-
Que, a fs. 31 se presenta la Dra. M.C.A., en
nombre y representación del Sr. V.R.T..-
Que, a fs. 32 se ordena la apertura del sucesorio,
mandándose a publicar los edictos respectivos, los que se encuentran
agregados en autos (fs. 45/48).-
Que, a fs. 44 rola el informe del Registro de Ultima
Voluntad donde consta que no existe Testamento.-
Que, a fs. 54 se ordena la audiencia prevista por el art.
437 del C.P.C. la que se encuentra cumplimentada a fs. 56.-
Que a fs. 64 rola el dictamen favorable del Ministerio
Público Fiscal. Y,-
- - - - - - - C O N S I D E R A N D O - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Que, con el acta de defunción obrante a fs. 4 se acredita el fallecimiento de
MARIO AURELIO TOLABA, hecho ocurrido el 01 de Agosto del año
2017 en el Dpto. M.B., siendo su estado civil
casado.-
Que a fs. 5 se encuentra agregada Acta de Matrimonio, que
acredita el vínculo de la Sra. F.M. con el causante.-
Que, a fs. 6, 7, 8, 9, 10, 13, 60 y 61 se encuentran
agregadas Actas de Nacimiento de VIDAL REINALDO TOLABA,
A.D.T., I.S.T., IRMA NOELIA
TOLABA, YANINA DEL VALLE TOLABA, H.A.T., GUIDO
EDUARDO TOLABA y J.A.T. que acreditan el
vínculo con el causante.-
Que a fs. 56 rola el acta de la audiencia prevista por el
art. 437 del C.P.C. -
Por todo ello y teniendo presente lo dictaminado por el
Ministerio Público Fiscal,
- - - - - - - - - - - - R E S U E L V O - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-
Declarar que por el fallecimiento de MARIO AURELIO
TOLABA, hecho ocurrido el 01 de Agosto del año 2017, en el
Dpto. M.B., de estado civil casado, le suceden
como únicos y universales herederos, sin perjuicio de
terceros, en cuanto por derecho hubiere...
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