Sentencia nº 116797 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1, 8 de Febrero de 2019

Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2019
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1

S.S. de Jujuy, 08 de febrero de 2019.-

AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. Nº C-116797/18 caratulado, “EJECUTIVO: ALIAS M.A. c/ VERA DANIEL ORLANDO”, del que:

RESULTA:

Que, a fs. 10/11 se presenta el Dr. R.F.R. en nombre y representación del Sr. M.A.A. ello en mérito de la copia juramentada de poder general para juicios y trámites administrativos que rola a fs. 02/03, promoviendo Juicio Ejecutivo en contra del Sr. D.O.V. DNI. Nº 23.145.493, por el cobro de la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($75.000).-

Que, a fs. 12 se dispone requerir de pago a la parte demandada, conforme lo dispuesto en el Art. 472 y ss. del C.P.C., lo que se efectiviza a fs. 32/33, y;

CONSIDERANDO:

Que, citada de remate la parte demandada, ésta se presento a fs. 29, allanándose parcialmente a la demanda a fs. 33.-

Que, oportunamente se corrió TRASLADO a la accionada de tal petición a los fines de que la misma pueda hacer valer las defensas que considere pertinentes.-

Que, por lo antes expuesto corresponde mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el Sr. M.A.A. en contra del Sr. D.O.V., aplicando al capital reclamado por la Actora en la demanda, el interés que se liquida por aplicación de la tasa activa, desde la mora y hasta el efectivo pago, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235 en Expte. Nº 7096/09, caratulado: “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B- 145731/05” (Sala I del Tribunal del Trabajo), Indemnización por Despido Incausado y otros rubros: “Z., S.Z. c/A., Y. y otro).

Que en virtud del principio objetivo de la derrota, las costas deben imponerse a la parte vencida (Art. 102 del C.P.C.).-

Difiérase la regulación de honorarios hasta tanto se practique planilla de liquidación.-

Por lo expresado y conforme lo disponen los Arts. 485 y 489 del C.P.C., el Juzgado de primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de la Provincia de Jujuy;

RESUELVE:

  1. Mandar llevar adelante la presente ejecución...

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