Sentencia nº 12462 de Superior Tribunal de Justicia, 5 de Diciembre de 2018

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2018
EmisorSuperior Tribunal de Justicia

(Libro de Acuerdos Nº 3, Fº 880, Nº 260). San Salvador de Jujuy, República Argentina, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho los señores jueces de la Sala Laboral del Superior Tribunal de Justicia, doctores M.S.B., F.F.O. y Clara Aurora De Langhe de Falcone, bajo la presidencia de la nombrada en primer término, vieron el Expte. Nº LA-12.462/16 caratulado: “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en expte. Nº B-246.988/2010 (Tribunal del Trabajo -Sala I- Vocalía 2) Indemnización por despido sin causa y otros rubros: VALERIANO, RENE SALOMON c/ DISTRIBUIDORA DON PEDRO S.R.L.”.

La D.B. dijo:

A fs. 516 de los autos principales, que rolan agregados por cuerda, presidencia de trámite dispone su elevación a ésta Sala Laboral del Superior Tribunal de Justicia, en virtud de la solicitud de regulación de honorarios efectuada por el Dr. A.C..

Mediante sentencia dictada en autos, registrada en el L.A. Nº 2, Fº 220/223, Nº 64 y que rola a fs. 40/44, se resolvió diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se cuente con base para estimarlos.

Así, tomando como base la regulación efectuada en los autos principales y lo establecido en los artículos 11 y 7 de la ley 1687 de Aranceles Profesionales, propongo fijar los honorarios del Dr. A.C. en la sumas de pesos diecisiete mil cuatrocientos tres ($17.403), con más el impuesto al valor agregado de corresponder. Dicha suma, sólo en caso de mora y hasta su efectivo pago, devengará un interés de la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina.

Ahora bien, respecto de la Dra. R.N.B. no se le regulan...

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