Sentencia nº 242495 de Tribunal en lo Contencioso Administrativo de Provincia de Jujuy, de 11 de Octubre de 2018

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2018
EmisorTribunal en lo Contencioso Administrativo

Autos y Vistos:

Las constancias de este Expediente Nº B-242.495/10, caratulado: “Demanda por recategorización y otros rubros: Z.H. c/ Dirección de Recursos Hídricos - Estado Provincial”, y

Considerando:

A fs. 562 se presenta la abogada A.C. en representación del Estado Provincial y a fs. 564 se presenta el letrado S.M. y deducen aclaratorias de la sentencia obrante a fs. 557/559.

La representante del Estado Provincial solicita se corrija el error material de la sentencia al computar como interrupción de la prescripción el reclamo administrativo previo efectuado por los actores en sede administrativa el 06/11/06 y no la fecha de interposición de la demanda que fue en el año 2010, por lo que considera que de deberse diferencias salariales a los actores, corresponden al año 2008.

Solicita se aclare el motivo por el cual se impusieron las costas a su representado, cuando en la anterior sentencia dictada por este Tribunal se habían impuesto costas a cargo de los actores.

A su turno el letrado representante de los actores, solicita que se aclare y corrija el error incurrido al tomar como plazo para la interrupción de la prescripción el reclamo efectuado por J.A. el día 13/04/10, cuando el mismo ha iniciado reclamo en la misma fecha que el resto de los actores, ello es el día 06/11/06 conforme surge del Expediente Nº 200-130/06.

Como es sabido, el remedio tentado por el actor se endereza a “… corregir errores materiales, aclarar algún concepto oscuro y suplir cualquier omisión…” de las que pudiera adolecer la sentencia cuya aclaración se solicita.

En cuanto a la aclaratoria deducida por el Estado Provincial, en la misma no se verifica ninguno de los estos supuestos previstos en la norma y trasluciendo dicha...

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