Sentencia nº 95599 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1, 21 de Septiembre de 2018
Fecha de Resolución | 21 de Septiembre de 2018 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1 |
S.S. de Jujuy, 21 de septiembre de 2018
AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. Nº C-095599/17
caratulado, “EJECUTIVO: VASQUEZ ALDO ISMAEL C/ ANAGUA AURORA
YOLANDA”, del que:
RESULTA:
Que, a fs.10/11 se presenta el Sr. ALDO ISMAEL
VASQUEZ por sus propios derechos con el patrocinio letrado de
la Dra. C.S.G. promoviendo Juicio Ejecutivo
en contra de ANAGUA AURORA YOLANDA, por el cobro de PESOS
TREINTA Y CINCO MIL ($35.000,00).-
Que, a fs. 12 se dispone requerir de pago a la
parte demandada, conforme lo dispuesto en el Art. 472 y ss.
del C.P.C., lo que se efectiviza a fs.21, y;
CONSIDERANDO:
Que, citada de remate la parte demandada, ésta no
se presentó a oponer excepciones legítimas dentro del término
previsto para hacerlo, el que se encuentra vencido a la
fecha, por lo que corresponde hacer efectivo el
apercibimiento decretado.
Que, oportunamente se corrió TRASLADO a la
accionada de tal petición a los fines de que la misma pueda
hacer valer las defensas que considere pertinentes.
Que, por lo antes expuesto corresponde mandar
llevar adelante la presente ejecución seguida por VASQUEZ
ALDO ISMAEL en contra de ANAGUA AURORA YOLANDA, aplicando al
capital reclamado por la Actora en la demanda, el interés que
se liquida por aplicación de la tasa activa, desde la mora y
hasta el efectivo pago, conforme a la doctrina sustentada por
el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 54, Fº 673/678,
Nº 235 en Expte. Nº 7096/09, caratulado: “Recurso de
Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B- 145731/05”
(Sala I del Tribunal del Trabajo), Indemnización por Despido
Incausado y otros rubros: “Z., S.Z. c/A.,
Y. y otro).
Que en virtud del principio objetivo de la derrota,
las costas deben imponerse a la parte vencida (Art. 102 del
C.P.C.).-
Difiérase la regulación de honorarios hasta tanto
se practique planilla de liquidación.-
Por lo expresado y conforme lo disponen los Arts.
485 y 489 del C.P.C., el Juzgado de primera Instancia en lo
Civil y Comercial Nº 1 de la Provincia de Jujuy;
RESUELVE:
-
Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida
por VASQUEZ ALDO ISMAEL en contra de ANAGUA AURORA YOLANDA,
hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea
la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($35.000,00), con más el
interés a la tasa activa desde la mora (05/07/17) y hasta el
efectivo pago, conforme a la doctrina sustentada por el
Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº
235 en Expte. Nº 7096/09, caratulado: “Recurso de
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