Sentencia nº 55544 de Tribunal en lo Contencioso Administrativo de Provincia de Jujuy, de 13 de Julio de 2018

Fecha de Resolución13 de Julio de 2018
EmisorTribunal en lo Contencioso Administrativo

Autos y Vistos:

Las constancias de este Expediente Nº C-055.544/18, caratulado: “Ejecución de sentencia (en Expte. Nº C-013.921/13: Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción: A.L. y otros c/ Estado Provincial): P.F. y otros c/ Estado Provincial”, y

Considerando:

Que a fojas 427/428 se presenta la abogada N. del Valle Adera, por la participación acordada en autos y amplía la ejecución de sentencia en los términos del artículo 477 del Código Procesal Civil, para solicitar se intime a la accionada a incluir en el presupuesto los nuevos periodos adeudados en el marco de la resolución dictada en autos, respecto de la aplicación al crédito de los actores de las disposiciones de la ley 5.320.

Que a fojas 399/426 adjunta planillas de liquidación de los nuevos montos que considera adeudados a los actores por los períodos mayo 2016 a diciembre de 2017, SAC 1er. y 2do. semestre y enero 2018 a febrero de 2018.

Que a fojas 429 se confirió traslado al Estado Provincial de la petición de la actora, contestando su apoderada legal a fojas 452/453 para formular observaciones a la ampliación practicada por la ejecutante, entendiendo que -de acuerdo con el informe que adjunta- a algunos de los actores incluidos en la nueva liquidación no les correspondería percibir el adicional reconocido en autos por el período que pretenden.

Que así, afirma que la Sra. V.B. estuvo de licencia desde octubre de 2016 hasta el 14 de agosto de 2017, la Sra. E.G.C. se encuentra de licencia desde el 16 de junio de 2016 hasta la fecha, el Sr. M.H.C. no presta funciones en el Sector Liquidaciones y en el caso del Sr. C.G., falleció el 18 de abril de 2017.

Que de dichas observaciones se confirió vista a la actora mediante decreto de fojas 454, quien contesta a fojas 458 formulando reconocimiento respecto del fallecimiento del Sr. C.G..

Que a fojas 459, a los fines de resolver la incidencia planteada y como medida para mejor proveer, se dispuso librar oficio al jefe del D.. Liquidaciones del Ministerio de Educación para que informe la situación de revista y licencias de los actores y se intimó al Estado Provincial para que presente original o copia auténtica del Expediente administrativo N° 200-007/11 y sus agregados, actuaciones que fueron adjuntadas a fojas 463 por la apoderada legal de la demandada -conforme cargo actuarial- lo que fue puesto en conocimiento de la actora mediante decreto de fojas 469.

Que a fojas 472 el Estado Provincial adjuntó parte del informe requerido al...

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