Sentencia nº 134302 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11, 10 de Mayo de 2018

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2018
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11

AUTOS Y VISTOS:

Los de este Expte. Nº B-134302/2005, caratulado:

"SUCESORIO: SALAS, L.E. –Z.R.", a fin de

resolver sobre el pedido del sobreseimiento de este proceso,

y la expedición de las correspondientes hijuelas y

CONSIDERANDO:

Que en autos se ha dictado Declaratoria de Herederos,

la cual rola a fs. 99/100 vta., se ha practicado el

Inventario y Avalúo de los Bienes de la Sucesión, el que obra

agregado a fs. 120/120 vta., encontrándose el mismo aprobado

según constancias de fs. 133.-

Que se ha remitido la causa a la Dirección Provincial

de Rentas, informando el Director a fs. 149 que se a

procedido a abonar lo adeudado en concepto de tasa de

justicia, correspondiendo continuar el trámite.-

Que, a fs. 33/34 vta. rola copia certificada de la

Cesión onerosa efectuada a favor del Sr. Víctor Ángel

Zambrano por el Sr. R.Z. de las acciones y derechos

hereditarios que le corresponden o pudieran corresponder como

cónyuge supérstite de doña L.E.S. por Escritura

Pública Nº 24 de fecha 13 de Mayo de 1991.-

Que por ello, y de conformidad a lo dispuesto por los

arts. 2424, 2433, 2426, siguientes y concordantes del

C.C.C.N. y arts. 446 y 450 del Código Procesal Civil, este

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6,

Secretaría Nº 11,

RESUELVE:

I.-S. el presente Juicio Sucesorio de LIDIA

EUDOSIA SALAS y ROQUE ZAMBRANO, a favor de los herederos

declarados en autos.

  1. Adjudicar a favor de los herederos declarados en

    autos: Sr. V.A.Z., argentino, DNI 17.081.965,

    CUIL 23-17081965-9, casado, domiciliado en calle Méjico Nº

    387 del Barrio Mariano Moreno de esta ciudad, Dpto. Manuel

    Belgrano, Provincia de Jujuy, en la proporción de las 3/6

    avas partes por la Cesión onerosa efectuada a su favor por el

    Sr. R.Z. de las acciones y derechos hereditarios

    que le corresponden o pudieran corresponder como cónyuge

    supérstite de doña L.E.S. por la Escritura

    Pública Nº 24 de fecha 13 de Mayo de 1991 (v. fs. 33/34), y

    para los Sres. M.L.Z., argentina, DNI 4.142.350,

    CUIL 27-04142350-7, casada, domiciliada en calle Méjico Nº

    160 del Bº Mariano Moreno; N.E.Z.,

    argentino, DNI 7.286.250, CUIL nº 20-07286250-4, casado,

    domiciliado en calle Puna Este Nº 55 del Bº San Pedrito; y

    J.R.Z., argentino, DNI Nº 7.284.075, CUIL nº

    20-07284075-6, todos de la ciudad de San Salvador de Jujuy,

    D.. M.B., Provincia de Jujuy, en la proporción

    de las 1/6 avas partes; del inmueble individualizado como

    Circ. 1, Sección 18, Manzana 34, Parcela 31, Padrón A-8202,

    Matrícula...

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