70.710 - 16.213 - Corrarello Martin S/ Rebeldia, Sala Iv... - 16.339 - Soto Daniel por Art. 94 Sala Vii... - Cita a Miriam Estela Brizueña

EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición 7 de Abril de 2008

Se ordena al fallido y a terceros dentro del quinto día hagan entrega al Síndico de los bienes que tuvieran en su poder pertenecientes a la quebrada. El presente edicto deberá publicarse en el Boletín Oficial, por el término de cinco días sin necesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere (art. 89 Ley 24522).Buenos Aires, 19 de marzo de 2008.Martín Terrero, secretario.e. 07/04/2008 Nº 575.055 v. 11/04/2008 N° 3El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 3, a cargo del Dr. JORGE S. SICOLI, Secretaría Nº 5 a mi cargo, sito en Callao 635 piso 6º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber por cinco días que en los autos caratulados 'ACELSUD ACEROS ELABORADOS SUDAMERICANOS S.A. S/ QUIEBRA' de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 3003/ 56 Expte. Nº 2905/06, que con fecha 3 de Marzo de 2008 se ha decretado su quiebra. Se ha fijado hasta el día 9 de mayo de 2008 para que los acreedores presenten los pedidos de verificación al Síndico interviniente Dr. Carlos Federico Berger, domiciliado en Santiago del Estero 112 piso 4º oficina 12, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante el horario de atención de 10 a 18 horas, quién presentará los informes previstos por los artículos 35 y 39 de la ley 24.522, los días 23 de Junio de 2008 y 19 de Agosto de 2008 respectivamente. En el mismo domicilio y horario, el deudor y los acreedores podrán concurrir para revisar los legajos. La fallida deberá además constituir domicilio junto con sus administradores en la jurisdicción de este Juzgado dentro de las 48 horas, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. Se ha ordenado la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces, y se intima a quienes tengan bienes y documentos de la fallida para que los pongan a disposición del Síndico en cinco días. Se intima además al deudor dentro del mismo plazo a poner todos sus bienes a disposición del Tribunal.Buenos Aires, 28 de Marzo de 2008.María Virginia Villarroel, secretaria.e. 07/04/2008 Nº 574.999 v. 11/04/2008 N° 6El Juzgado Nacional de 1a Instancia en lo Comercial Nº 6 Secretaría N° 11, a cargo de la Dra.Marta G. Cirulli, sito en Pte. Roque Sáenz Peña 1211, piso 1º de Capital Federal; comunica por cinco días que en los autos 'VANNELLI MIGUEL ANGEL S/ QUIEBRA (ex pedido por Coop de vivienda crédito y consumo Dielmar ltd)', expte.Nº 056932, con fecha 5 de marzo de 2008 se ha decretado la quiebra de MIGUEL ANGEL VANNELLI --DNI: 7.651.708--, siendo el síndico actuante el Contador ELENA BEATRIZ TANCREDI, con domicilio en VIAMONTE 1337 3º C, a donde los acreedores deberán concurrir para presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 29 de mayo de 2008. Se intima a la fallida, sus administradores, terceros y a cuantos tengan bienes o documentos de la misma a ponerlos a disposición del síndico prohibiéndose hacer pagos o entregas de bienes. Intímase a la fallida también para que, en el plazo de cinco días, cumpla con los requisitos del art. 11 incs. 1 a 7 de la ley 24.522 (art. 86) y para que dentro de las 24 horas, entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad.Asimismo intímase a la fallida y/o administradores y/o sus...

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