Sentencia nº 13007 de Superior Tribunal de Justicia, 6 de Marzo de 2018

Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2018
EmisorSuperior Tribunal de Justicia

Libro de Acuerdos Nº 3, Fº 118, Nº 29. En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. M.B., Provincia de Jujuy, a los seis días del mes de marzo del año dos mil dieciocho, la Sala I -Civil Comercial y de Familia- del Superior Tribunal de Justicia, integrada por los Sres Jueces, D.. S.M.J., B.E.A. y Clara Aurora De Langhe de Falcone bajo la presidencia del nombrado en primer término, vieron el expediente Nº CF-13.007/16, caratulado: “Recurso de Inconstitucionalidad en el Expte. Nº 14.595/16 (Cámara de Apelaciones Civil y Comercial -Sala I- Vocalía 1) Recurso de Apelación interpuesto en el Expte. Nº C-046.727/15, A.: Municipalidad de San Salvador de Jujuy c/ El Urbano S.R.L.” .

Considerando:

Que, a fs. 80 de autos, se presenta el Dr. M.Á.R. (h), en representación de la razón social El Urbano SRL, deduce aclaratoria en los términos del art. 49 del Código Procesal Civil respecto de lo resuelto por este Superior Tribunal de Justicia el veintitrés de octubre del año dos mil diecisiete (fs. 74/75 y vta.)

Manifiesta que se ha incurrido en un error material al regular los honorarios profesionales por la labor desarrollada en la instancia del Recurso Extraordinario.

Analizadas las constancias de la causa, resulta innegable, que el planteo del recurrente excede los límites claros...

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