Sentencia nº 74968 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 13, 23 de Noviembre de 2017
Fecha de Resolución | 23 de Noviembre de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 13 |
.
AUTOS Y VISTOS: El Expediente Nº C-074968/16, “Ejecutivo: C., P.A.C.C., M. delH.M.”, y;
CONSIDERANDO:
I.Se presenta el Dr. J.L.A. en nombre y representación P.A.C. a mérito de la fotocopia juramentada de poder general para juicios que acompaña e interpone demanda ejecutiva en contra de M. delH.M.C. por la suma de $140.060.
Señala que la deuda proviene de un documento firmado por la demandada con cláusula sin protesto y no abonado hasta la fecha, a pesar de los numerosos intentos de arreglos extrajudiciales. Dice el derecho a aplicar, ofrece prueba y solicita oportunamente se dicte sentencia mandando llevar adelante la ejecución por el capital, intereses, gastos y costas.
Intimada de pago y citado de remate en legal forma (fs.16), se presenta el Dr. L.C. en nombre y representación de M. delH.C. a mérito de la copia debidamente juramentada de poder general para juicios obrante a fs. 21/22 quien opone excepción de inhabilidad de título, fundada en la falta de los requisitos extrínsecos exigidos por la ley para que el documento tenga fuerza ejecutiva, ya que en el mismo no se consignó el signo monetario en que se expresa pudiendo ser moneda de curso legal o moneda extranjera de mayor o menor valor que la de curso legal.
Niega que su mandante adeude a la actora la suma reclamada. Afirma además, que el documento ha sido llenado maliciosamente por la actora en razón que su representado no tiene ni tuvo trato alguno con la actora, puesto que no conoce a la Sra. C.. Señala que puede advertirse en el llenado del instrumento que los datos que de manera manuscrita se insertan no son de la autoría de su mandante. Capítulo aparte ofrece prueba y solicita se haga lugar a la excepción rechazando la acción con costas a la ejecutante.
Corrido traslado, la parte actora lo contesta a fs. 33 y vta., al que me remito para ser breve.
A fs. 34 se declara la cuestión como de puro derecho y se llama autos para sentencia, providencia que a la fecha se encuentra firme y consentida.
II.La demandada opone excepción de inhabilidad de título por cuanto afirma que en el documento que se ejecuta no se consignó la moneda en que debía pagarse y refiere que el llenado del pagaré no se condice con la autoría de su mandante. Sin embargo reconoce que la misma firmó varios pagarés en blanco.
Al respecto diré que, el art. 486 del C.P.C. estipula “Las únicas excepciones admisibles son:…4) Falsedad o inhabilidad de título con que se pide la ejecución; la falsedad consistirá en la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba