Sentencia nº 80180 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 13, 27 de Junio de 2017
Fecha de Resolución | 27 de Junio de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 13 |
Asimismo, por Secretaría procédase a protocolizar el
convenio celebrado conjuntamente con la presente, que
establecen que conforme surge en constancias de autos y del
expte.
Nº C-080180/16: CARATULADO: EJECUCION DE HONORARIOS:
ROJAS, TERESITA BEATRIZ C/ SEGUROS BERNARTDINO RIVADAVIA
;
existen pendientes de pago los honorarios regulados
oportunamente en los exptes. B-059755/00, B61595/02, B-
87888/02, 13332/13 y 10701/14 del STJ a favor del
DR. MIGUEL
ANGEL IMPERIALE
por la suma de
PESOS DOSCIENTOS VEINTITRES
MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 58 CENTAVOS ($
223.844,58)
, con mas intereses fijados en la sentencia de
fecha 17/10/12.- Que el
DR. M.A.I.
, titular
del crédito establecido ut supra, cedió a la
DRA.
TERESITA
BEATRIZ ROJAS
en el expte B-059755/00 y en los exptes.
agregados al mismo todos los honorarios que pudieran
corresponderle, quien acepto dicha cesión y la cual fuera
presentada a fs. 40 de autos.- Que la suma adeudada por
SEGUROS RIVADAVIA
asciende a la suma de
PESOS NOVECIENTOS
QUINCE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 64
CENTAVOS ($ 915.367,64)
, los cuales serán
depositados por
SEGUROS RIVADAVIA
en la cuenta del Banco
Macro Sucursal Tribunales a la orden de los presentes
obrandos en
TRES CUOTAS (3) IGUALES Y CONSECUTIVAS DE PESOS
TRESCIENTOS CINCO MIL CIENTO VEINTIDOS CON 22 CENTAVOS ($
305.122,22)
, resultando las fechas de pago el 28/06/17,
28/07/17 y 28/08/17 respectivamente.- Las partes acuerdan que
la suma de honorarios a percibir de la
DRA.
TERESITA
BEATRIZ
ROJAS
por la promoción de la presente ejecución, asciende a
la suma de
PESOS SESENTA Y UN MIL VEINTICINCO ($61.025,00);
los cuales serán depositados por
SEGUROS RIVADAVIA
en la
cuenta del Banco Macro Sucursal Tribunales a la orden de los
presentes obrandos en
UN SOLO PAGO EL DIA
28/06/17.-
Por lo expuesto, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil
y Comercial Nº 7 en el Expte. Nº C-080180/16;
RESUELVE
:
I.-
Tener por presentada al
DR. L.A.
en
nombre y representación de la
COMPAÑÍA DE
SEGUROS BERNARDINO
RIVADAVIA COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA.-
Por constituido
domicilio legal.-
II.-
Tener presente el acuerdo celebrado entre
TERESITA
BEATRIZ ROJAS (CESIONARIA) Y MIGUEL ANGEL IMPERIALE (CEDENTE),
por sus propios derechos y
L.A.
en nombre y
representación de la
COMPAÑÍA DE
SEGUROS B.R.
COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA.
en los presentes obrados y
protocolizar el mismo, conjuntamente con la presente.-
III.-
Se establece que conforme surge en constancias
de autos y del...
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