Sentencia nº 231895 de Tribunal del Trabajo Sala II de Provincia de Jujuy, de 28 de Agosto de 2017

Fecha de Resolución28 de Agosto de 2017
EmisorTribunal del Trabajo Sala II

En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 28 días del mes de agosto del dos mil diecisiete, los señores jueces de la sala II del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy, D.. Domingo A.M., L.M.V.-decantosB. (por habilitación) y H.C.M.H., bajo la Presi-dencia del primero de los nombrados vieron el Expte. N° B-231895/10, caratu-lado: “DEMANDA LABORAL POR INCAPACIDAD Y DAÑOS Y PERJUICIOS: VAR-GAS, MAURO C/ COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A. y LA CAJA ART S.A.”, y luego de deliberar;

El Dr. Masacessi dijo:

  1. - El juicio que nos ocupa se inicia por demanda presentada por la Dra. M.J.L.D.S. en representación de MAURO VAR-GAS y en contra de COMPAÑÍA MINERA AGUILAR S.A. y LA CAJA ART S.A. por enfermedad profesional causada por el ambiente laboral, solicitando que se condene a los demandados al pago de las indemnizaciones conforme lo dispuesto en la causa “AQUINO Y CASTILLO”; se declare la inconstitucionali-dad del art. 46 de LRT. así también la de los art. 21,22, 8 apartado 3 y 6 Inc. 2 y se tenga presente lo resuelto por la CSJN en el caso “LLOSCO C/ IRMI S.A.”.-

    En lo que para el caso interesa manifiestan que el actor ingreso a pres-tar servicios para la demandada el día 18 de marzo de 1982 en el sector de-nominado interior mina en el establecimiento ubicado en el Aguilar Dpto. Humahuaca durante 22 años. Luego cumplió tareas en el taller mecánico hasta el año 2006 y posteriormente trabajo como sereno hasta el día 31 de julio de 2008 en que se extinguió el contrato por haber obtenido el beneficio de la jubilación ordinaria. Manifiesta que durante la relación laboral cumplió tareas en un ambiente nocivo para la salud y que requería esfuerzos físicos considerables y como consecuencia de ella padece afecciones pulmona-res. Dice que el día 01 de diciembre del año 2009 remitió carta documento a la ART. a fin de que indique el número de siniestro, la que nunca fue contes-tada por la demandada. Que el actor se realizó estudios especializados - los que detalla a fs. 29 punto III- que dan cuenta del padecimiento de afeccio-nes pulmonares así también manifiesta que el actor tiene problema de audi-ción y que por falta de recursos económicos no se realizó estudios especiali-zados y que ante la negativa de la empleadora de informarle sobre los resul-tados del examen post-ocupacional concurrió a diversos especialistas a los efectos de conocer su verdadero estado de salud. -

    En el apartado IV ofrece prueba, en el V da fundamentos jurídicos so-bre la responsabilidad de la aseguradora y del empleador, también solicita una reparación integral que incluya el menoscabo a la integridad psicofísica, a la privación de su capacidad laboral teniendo en cuenta las condiciones personales de la víctima, esto es edad, estado de familia, salud, etc. y el da-ño moral; ya que las afecciones incapacitantes han sido contraídas por el hecho o en ocasión del trabajo debiendo tenerse en cuenta que el actor ingreso a trabajar sano por más de 28 años por lo que existe relación causal entre las tareas cumplidas y las enfermedades que padece. -

    A fs. 40 dice de los incumplimientos de la demandada o en su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR