Sentencia nº 52802 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11, 16 de Agosto de 2017
Fecha de Resolución | 16 de Agosto de 2017 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11 |
AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº B-52802/99,
caratulado: "SUCESORIO: AISAMA, F.O.", a fin de
resolver sobre el pedido del sobreseimiento de este proceso y
la expedición de las correspondientes hijuelas, y
CONSIDERANDO:
Que en autos se ha dictado Declaratoria de Herederos, la
cual rola a fs. 34/34 vta., se ha practicado el Inventario y
Avalúo de los Bienes de la Sucesión, el que obra agregado a
fs. 48, encontrándose el mismo aprobado según constancias de
fs. 53, y operaciones practicadas de Adjudicación y Partición
de fs. 162 aprobadas a fs. 168.-
Que, a fs. 171 se tomó razón del embargo preventivo
ordenado en el Expte. Nº C-027.184/14, “Cautelar de
Aseguramiento de Bienes – Embargo: A., S.M. c/
Aisama, T.O.”, mediante Oficio de fecha 31 de Julio de
2014, sobre los derechos y acciones hereditarios que le
corresponden o pudieren corresponder al heredero Tomás Oscar
Aisama en los presente obrados (ello por no encontrarse
adjudicados a{un los bienes de la presente sucesión) y hasta
cubrir la suma de PESOS CUATROCIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y UNO CON 81/100 ($415.991,81) en concepto de
capital.-
Que, a fs. 175 se tiene presente lo manifestado por los
herederos declarados respecto a mantener el inmueble
inventariado a fs. 48 (ficha parcelaria obrante a fs. 9 del
E.. C-001.549/13, al régimen previsto por el Capitulo 3
del Título 3 Sección 2 del C.C.C.N. (Arts. 244 A 250)
Que se ha remitido la causa a la Dirección Provincial de
Rentas, remitiendo dicho organismo constancias de cancelación
de lo adeudado en concepto de Tasa de Justicia a fs. 54/64.-
Que por ello, y de conformidad a lo dispuesto por los
arts. 2424, 2433, 2426, siguientes y concordantes del
C.C.C.N. y arts. 446 y 450 del Código Procesal Civil, este
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6,
Secretaría Nº 11, de la Provincia de Jujuy,
RESUELVE:
I.-S. el presente Juicio Sucesorio de don FANOR
OSCAR AISAMA, a favor de los herederos declarados.-
-
Adjudicar a los herederos declarados en autos, Sra.
N.D.V.G., argentina, DNI Nº 2.792.399, CUIL Nº
27-2792399-8, viuda; S.. S.D.V.A., argentina,
D.N.I. Nº 12.007.627, CUIL Nº 27-12007627-8, divorciada; y el
Sr. O.T.A., argentino, DNI Nº 12.007.629, CUIL Nº
23-12007629-9, soltero, todos domiciliados en calle Patricias
Argentinas Nº 453 de la ciudad de San Salvador de Jujuy,
Departamento M.B., Provincia de Jujuy, en las
proporciones de las 2/4 avas parte, y las 1/4 avas partes y
1/4 avas partes, respectivamente, del...
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