Sentencia nº 92361 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1, 31 de Octubre de 2017

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1

AUTOS Y VISTOS.Los de este Expte. Nº C-092361/17 Caratulado:

INFORMACION SUMARIA P/ ADICION DE APELLIDO WAYAR JORGELINA

EMILCE Y:

CONSIDERANDO:

Que a fs.13/14 se presenta la Sra. JORGELINA EMILCE

WAYAR DNI. Nº 34.726.703 por sus propios derechos en nombre y

representación de su hijo menor xxx con el

patrocinio letrado del D.M.H.G. promoviendo

Información Sumaria para la adición del apellido materno en

el Acta de Nacimiento de su hijo menor de edad, xxx DNI. Nº xxx ofrece pruebas, cita

derecho y solicita que en la etapa oportuna se haga lugar a

lo peticionado.-

Que al relatar los hechos la promotora de autos Sra.

J.E.W. manifiesta que su hijo fue inscripto

en el Registro Civil con su apellido como xxx y que después de dos años se entera que su hijo fue

reconocido por el padre biológico figurando con el apellido

paterno como xxx por lo que solicita

nuevamente la adición de su apellido xxx al mismo.-

Que con las constancias obrantes a fs.37 de autos

acredita lo que solicita.-

Que a fs.23 pasan los autos al Registro Civil, el cual

emite dictamen a fs.28 expresando que no puede hacer lugar a

la adición del apellido materno sin la expresión de la

voluntad del otro progenitor o de la “autorización judicial”

que supla dicho consentimiento.-

Que a fs.29 se remiten los autos al Ministerio de

Menores el cual a fs.30 emite dictamen opinando que “Teniendo

en cuenta lo manifestado por la progenitora en el escrito de

demanda, soy de opinión que debe mantenerse el apellido

materno y agregarse el apellido paterno conforme lo autoriza

el Art. 64 del Código Civil y Comercial de la Nación”.-

Que a fs.31 se remiten los autos al Ministerio Público

Fiscal el cual a fs.32 emite dictamen opinando que “… es

entendible el pedido realizado por la progenitora en estas

actuaciones por su hijo menor de edad, consecuentemente con

ello, éste Ministerio no tiene objeción que formular a la

petición objeto de la presente causa”.-

Que a fs.34 tomo participación con personería de

urgencia la Dra. M.E.B..-

RESUELVE:

I-Hacer lugar en todas sus partes a la presente

Información Sumaria rendida en autos y en consecuencia,

disponer la adición en el Acta de Nacimiento de xxx DNI. Nº xxx consignando el apellido de

su progenitora Sra. J.E.W. DNI. Nº

34.726.703, materno debiendo quedar de la siguiente manera

xxx

, por ello solicita se

rectifique el Acta de Nacimiento Nº351057 Tomo 356 Año 2010,

inscripta en el departamento Dr. M.B. de la

Provincia de Jujuy.-

II-Regular los honorarios...

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