Sentencia nº 2278 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 16, 11 de Mayo de 2017

Fecha de Resolución11 de Mayo de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 16

AUTOS Y VISTOS: los del presente Expte. Nº D-002278/2013,

caratulado: “Sucesorio Ab Intestato de DON ROGELIO VILLAGRA y

DOÑA A.M.S.”, del cual,

RESULTA: Que a fs. 16/17 se presenta el Dr. CARLOS ESTEBAN

CORRADO en nombre y representación de los Sres. LIDIA

GRISELDA VILLAGRA, A.J.V., ADRIANA ANGELICA

VILLAGRA, L.R.V., V.H.V. y DIEGO

ORLANDO VILLAGRA, quienes solicitan la apertura de la

Sucesión Ab intestato de DON ROGELIO VILLAGRA y DOÑA ANA

MARIA SILVA denuncian fecha y lugar del deceso.-

Que a fs. 18 se decreta la apertura del sucesorio ordenándose

publicar edictos en Boletín oficial y diario local con el

emplazamiento previsto en el art. 436 del C.P. Civil, término

vencido a la fecha, habiéndose cumplimentado a fs. 40 la

audiencia prevista en el art. 437 inc. 1º del Item con la

presentación de todos los herederos y la representante del

Ministerio Público Fiscal que nada objeta.-

Que, estos obrados se encuentran en estado de resolver, con

informes de la Dirección General de Inmuebles (fs. 43/47) y

Registro de Actos de Ultima Voluntad (fs. 33).-

Y CONSIDERANDO: Que los interesados han acreditado

debidamente los requisitos previos del art. 435 del

mencionado cuerpo legal; fs. 8/9 actas de defunción de los

causantes; fs. 6/7 acta de matrimonio; 10/15 actas de

nacimientos de los Sres. L.G.V., ANA

JORGELINA VILLAGRA, A.A.V., LUIS RAMON

VILLAGRA, V.H.V. y D.O.V.,

habiendo acreditado con ello el vínculos invocado y la

vocación hereditaria respectiva.-

Que, se ha procedido al llamado mediante edictos de toda

persona interesada de los bienes del causante, los cuales se

encuentran agregados a fs. 23/28.-

Por todo ello, art. 437, 438 y ccs. D.C.P.C. y 2278,

2337, 2424, 2426, 2293 y cctes. del Código Civil y Comercial,

este Juzgado;

RESUELVE: I.- Declarar que por el fallecimiento de DON

ROGELIO VILLAGRA y D.N.I. Nº 7.267.608, hecho ocurrido en

fecha 10 de Abril de 2013 y DOÑA A.M.S., D.N.I. Nº

6.643.064, hecho ocurrido en fecha 21 de Junio de 2008, ambos

en la ciudad de San Pedro de Jujuy, le sucede como herederos

sus hijos L.G.V.D.N.I. Nº 12.139.642, ANA

JORGELINA VILLAGRA D.N.I. Nº 14.804.163, ADRIANA ANGELICA

VILLAGRA D.N.I. Nº 23.762.088, L.R.V.D.N.I. Nº

16.637.372, V.H.V.D.N.I. Nº...

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