Sentencia nº 63745 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14, 11 de Mayo de 2017

Fecha de Resolución11 de Mayo de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14

SAN SALVADOR DE JUJUY, Mayo 11 de 2017.-

AUTOS Y VISTOS

: el presente Expte. Nº C-063745/16,

caratulado: "INFORMACION SUMARIA PARA ACREDITAR IDENTIDAD:

BARCONTE, ARMANDO.-“, del que

- - - -

R E S U L T A

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A fs. 9/12, se presenta la Dra.MARÍA FLORENCIA ROMERO

en nombre y representación del señor ARMANDO BARCONTE,

promoviendo Información Sumaria para acreditar que la señora

GUADALUPE VILTE y la señora GUADALUPE BARCONTE, hoy

fallecida, es una misma e idéntica persona.-

Ofrece pruebas y solicita se tenga por acreditada la

identidad.-

De la prueba documental obrante a fs.6/8 y 52/53,

surgen los hechos invocados en el escrito de demanda.-

A fs.35, se expide favorablemente el Registro de

Estado Civil y Capacidad de las Personas.-

A fs.57, emite dictamen el Ministerio Público Fiscal

en forma favorable.-

Que, de conformidad con lo dispuesto por los art.16,

17, 417, ss y cc. del C.P.C. y Arts.16 y 18 de la ley 18.248,

la suscripta es de opinión que nada obsta hacer lugar a la

acción planteada y en consecuencia, tener por cierto ybien

probado que quien en vida fuera GUADALUPE VILTE y/o GUADALUPE

BARCONTE, era la misma y única persona.-

Por último corresponde regular los honorarios de la

profesional interviniente de conformidad con lo dispuesto por

doctrina del Superior Tribunal de Justicia establecida en

L.A. Nº 19,Fº 182/184 Nº 96, los que se encuentran vigentes a

la presente. De allí y solo en caso de mora en el pago de los

mismo, devengarán intereses conforme tasa pasiva que

diariamente publica el Banco Central de la República//

////Argentina(L.A.37,Fº 1184/1188 nº 538), con mas IVA si

correspondiere.-

Por los motivos apuntados el Juzgado de Primera

Instancia en lo Civil y Comercial número siete

- - - - -- -

R E S U E L V E

:- - - - - - - - - - - - - -

  1. )

    Hacer lugar a la presente

    INFORMACION SUMARIA

    ,

    promovida y en consecuencia tener por cierto y bien probado

    que quien en vida fuera

    GUADALUPE VILTE y/o GUADALUPE BARCONTE

    – DNI Nº9.645.356.-,

    era una misma y única persona.-

  2. )

    Regular los honorarios profesionales

    de la

    Dra.MARÍA

    FLORENCIA

    ROMERO

    , por la labor desarrollada en

    autos en la suma de

    PESOS TRES MIL...

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