Sentencia nº 227445 de Tribunal del Trabajo Sala II de Provincia de Jujuy, de 31 de Mayo de 2017

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2017
EmisorTribunal del Trabajo Sala II

AUTOS Y VISTOS: el expediente B-227445/10, caratulado: “R., S.N. c/Restaurante La Terminal, R.V.; B.T. y B.M. s/indemnizaciones por despido incausado y otros rubros” y,

RESULTA:

Que a fojas 320 el apoderado de la actora solicita se efectúe la regulación de honorarios correspondientes a la labor que desarrolló durante la ejecución de la sentencia y en el incidente de aseguramiento de bienes agregado por cuerda y que tramitó por expediente C-027951/14, “R., S.N. c/Burgos, M.G. s/cautelar-aseguramiento de bienes”.

CONSIDERANDO:

Que con las órdenes de pago dispuestas a fojas 317 se canceló la totalidad de los rubros reclamados en autos por lo que ha concluido la labor de ejecución, correspondiendo en consecuencia efectuar la regulación de sus honorarios por la actividad relacionada a la ejecución de sentencia para lo cual se tomará como referencia el monto de juicio en los términos del art. 8 de la Ley de Aranceles (sentencia de fojas 154/157 y su aclaratoria), es decir $24.083,09 con más intereses a tasa activa a partir del 27/5/2009 (aclaratoria de fojas 166).

Y, en base a lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley de Aranceles), teniendo en cuenta en que carácter actuaron los letrados, el éxito obtenido y el interés que representó (artículos 2, 7 y concordantes L.A.), así como la extensión de la labor y etapas cumplidas( art. 10 L.A.) corresponde regular los honorarios de los letrados que intervinieron en esta instancia, D.. J.A.C. y M.A.G.O. en las sumas de $4.413 y $3.089 respectivamente.

Debiéndose aclarar tres puntos: a) que la regulación efectuada comprende la labor realizada para lograr el embargo ejecutivo que tramitó...

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