Sentencia nº 96357 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 8, 4 de Diciembre de 2017

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 8

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. Nº C-096357/17, caratulado “

EJECUTIVO: CRUZ, RENE ALFONSO c/ MENDEZ, M.G.." del

que:

RESULTA:

Que a fs. 9/10 se presenta la Dra. LOPEZ, SILVIA

CARINA, en nombre y representación del SR. CRUZ, RENE ALFONSO

promoviendo Juicio Ejecutivo en contra de la SRA. MENDEZ,

M.G., D.N.I. Nº 21.180.638 por el cobro de la suma

de PESOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ($ 85.500.-) que

surge de un pagaré con fecha de vencimiento 27/06/2017.-

Que, a fs. 14, se dispone requerir de pago a la

demandada, conforme lo dispuesto en el Art. 472 y ss. del

C.P.C., el que se efectiviza a fs. 16/18 de autos y,

CONSIDERANDO:

Que, el título por el que se promueve el proceso, es

de los que traen aparejado ejecución, y que la parte citada

de remate no se presentó a oponer excepciones legítimas

dentro del término previsto para hacerlo, el que se encuentra

vencido a la fecha, por lo que corresponde hacer efectivo el

apercibimiento decretado mandando llevar adelante la

ejecución pretendida.-

Que, respecto a los intereses, corresponde expedirse

sobre los mismos y fijarlos conforme a la doctrina del

Superior Tribunal de Justicia en la causa ”Recurso de

Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145731/05

(Sala I, Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido

incausado y otros rubros: ZAMUDIO, S.Z. c/A., Y.

y otro” (L.A. 54, Fº 673/678-Nº 235)

Que, en virtud del principio objetivo de la derrota,

las costas deben imponerse a la parte vencida (Art. 102 del

C.P.C.).-

Que, respecto a la regulación de los Honorarios

profesionales del letrado interviniente la misma deberá

diferirse hasta tanto se apruebe la Planilla de Liquidación.-

Por lo expresado y conforme lo disponen los Arts. 485 y

489 del C.P.C., el Juzgado:

RESUELVE:

  1. Mandar llevar adelante la presente ejecución

    seguida por el SR. CRUZ. RENE ALFONSO en contra de laSRA.

    MENDEZ, M.G., D.N.I. Nº 21.180.638, hasta hacerse

    del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de

    PESOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTO ($ 85.500.-) que surge de

    un pagaré con fecha de vencimiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR