Sentencia nº 89634 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5, 19 de Septiembre de 2017

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2017
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5

.

AUTOS Y VISTOS: Los de éste Expte. Nº C-089.634/17

caratulado: “CONSIGNACION DE LLAVES: RODRIGUEZ, JORGE EDUARDO

C/ROCA, E.V.”, del que;

RESULTA:

Que, a fs. 4/6 se presenta la Dra. I.E. en nombre y

representación del Sr. J.E.R. en mérito a la

copia juramentada de la Escritura del Poder General para

Juicios que adjunta a fs. 2/3; en tal carácter promueve

demanda por consignación de llaves en contra del Sr. ENRIQUE

VICENTE ROCA, respecto del inmueble sito en calle El Hornero

Nº 511 del Barrio Los Perales de esta ciudad.

Al relatar los hechos manifiesta que su mandante junto con

el Sr. P.E.R. celebró contrato de locación

por el inmueble antes descripto, con el Sr. ENRIQUE VICENTE

ROCA, en representación del propietario de dicho inmueble. El

plazo de duración de la locación se pactó en 24 meses y su

vencimiento operó el 31/01/2017.

Expresa que a pesar de haberse pactado en la cláusula 8va.

que “Los locatarios, reciben todo lo locado en buen estado,

con sus pisos, paredes, vidrios, llaves, herrajes,

sanitarios, griferías…”, que tales condiciones no eran tales,

por lo que el actor de manera inmediata a la firma del

contrato realizó la denuncia de los desperfectos, primero de

manera verbal, solicitando la reparación de las averías,

recibiendo promesas por parte del demandado sin que se

concretaran.

Manifiesta que el 15/06/205 dadas las malas condiciones de

habitabilidad del inmueble, se dirigió nuevamente al

demandado, por escrito, detallando los desperfectos del

mismo, incluso ofreciéndose a repararlos. A mediados del año

2016 la inmobiliaria Roca, realizó reformas en el tanque de

agua, lo que empeoró la situación por las filtraciones que

caían del mismo. Frente al empeoramiento de la situación, su

mandante se vio obligado a mudar a toda su familia, lo que

ocurrió en Septiembre de 2016.

Relata que el 31/01/2017 operó el vencimiento del contrato

de locación, por lo que desde el 01/01/2017 el Sr. R.

se comunicó en reiteradas oportunidades con la inmobiliaria

Roca con el fin de hacer entrega del inmueble. En una primera

oportunidad, le manifestaron que se comunicarían con él para

coordinar la entrega, lo que no ocurrió; nuevamente acordaron

fecha y horario, y la demandada tampoco concurrió. Ello

motivó el envío de Carta Documento, por la que intimó al

accionado a recepcionar las llaves del inmueble y a abonar

daños y perjuicios ocasionados.

Luego de tratativas y reuniones, convinieron un nuevo día

para la entrega -08/03-2017 a horas 17:30-; afirma que no se

presentó persona alguna de la inmobiliaria Roca. Se convino

nuevo día de entrega para el día 09/03/2017; sin dar aviso,

cerca de las 17:00 horas, refiere que el propio Sr. ENRIQUE

VICENTE ROCA, se presentó en el inmueble sin dar aviso a su

mandante, y sin recibir la llave, es que ingresó al mismo

forzando la llave y colocó un cartel ofertándolo en alquiler.

Ante este hecho “arbitrario e ilegal”, formuló denuncia en

la Comisaría Seccional 55 de la Policía de la Provincia; y

dada la imposibilidad de entregar el inmueble, procede a

consignar las llaves judicialmente.

Finalmente, ofrece pruebas y formula petitorio.

Que, a fs. 31 comparece nuevamente la Dra. I.E. y

adjunta documentación, la que es glosada a fs. 9/30 de autos.

Que, a fs. 32 se la tiene por presentada en el carácter

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR